Justicia

Hidroeléctrica Renace pide a la Corte de Constitucionalidad que no le suspenda operaciones

Abogados de la hidroeléctrica solicitaron en una vista pública que no suspenda las operaciones como lo pide un grupo de comunitarios de San Pedro Carcha lugar donde se ubica la empresa ya que podría afectar la generación eléctrica del país.

La Corte de Constitucionalidad escucha a las diferentes partes que se expresan sobre la vigencia o no de la operación del proyecto Renace. (Foto Prensa Libre. Miriam Figueroa)

La Corte de Constitucionalidad escucha a las diferentes partes que se expresan sobre la vigencia o no de la operación del proyecto Renace. (Foto Prensa Libre. Miriam Figueroa)

El complejo Renace genera el 16 por ciento de la energía eléctrica que se consume actualmente en el país por lo que de suspenderse las operaciones podría hacer que el precio de la electricidad aumente ya que se tendrían que buscar otras alternativas para producir el suministro.

La abogada Ana Gabriela Roca manifestó ante los magistrados de la Corte de Constitucionalidad que están en contra de los resuelto por la Corte Suprema de Justicia en el amparo otorgado en definitiva a comunitarios de Sa Pedro Carcha, Alta Verapaz, al considerar que la autorización de Renace se dio en 1991 y el convenio 169 entró en vigor en 1997.

“Si confrontamos 1991 y 1997 era imposible que el Ministerio de Energía y Minas pudiera autorizar una consulta conforme a una ley que no existía en ese momento. Y aparte el estado de Guatemala al aprobar ese convenio hizo la reserva de que no iba a aplicarse de manera retroactiva y que no afectaría los derechos adquiridos”, explicó la abogada.

La profesional manifestó que la hidroeléctrica ha implementado proyectos que han apoyado con la reducción del 32 por ciento en desnutrición crónica en niños menores de 5 años; reducción del 46 por ciento en embarazos adolescentes y 15 por ciento de aumento en la reinscripción escolar en primaria y básicos. Asimismo, se redujeron en un 23 por ciento las infecciones respiratorias y en un 13 por ciento las enfermedades diarreicas y se ha aumentado en un 206 por ciento los jóvenes con habilidades técnicas.

“Si la Corte confirma la sentencia sería por demás temeraria ya que mandaría un mensaje de que no hay medida administrativa que se aplique después de la entrada al convenio 169”, refiere la profesional.

Mantiene apoyo

El líder comunitario, Ernesto Bo Xol indicó que desde que está la empresa Renace desde hace 25 años se empezó poco a poco a ver el cambio en las comunidades cercanas al río Cahabón.

“En la actualidad contamos con proyectos que benefician a la niñez y la juventud, se han construido edificios escolares y como miembros de las comunidades queremos que el desarrollo siga de lo contrario regresaremos a la pobreza. La empresa ha venido dando oportunidades laborales por lo que apoya para evitar la migración, además queremos que llegue la electricidad como en otras comunidades cercanas al proyecto”, señaló Bo Xol.

Gerardo López representante del Administrador del Mercado Mayorista indicó que de darse la posibilidad de suspenderse la operación del complejo hidroeléctrico se estarían perdiendo la generación de 240 megavatios.

“Eso quiere decir que habría una merma y que la Ley General de Electricidad nos obliga a buscar una siguiente fuente para poder satisfacer ese consumo. El precio del kilovatio se obtiene al transformar carbón o derivados del petróleo cuyos precios están dictaminados por merados internacionales y eso haría que la generación sea más cara y eso se reflejaría en las facturas de los guatemaltecos”, dijo el abogado.

El abogado, Joel Mayén, en representación de la Procuraduría General de la Nación manifestó que la institución no está en contra de los pueblos indígenas, sino al contrario se trabaja con los ministerios en implementar la sentencia emanada por la Corte de Constitucionalidad sobre las consultas comunitarias y así evitar posibles demandas al estado de Guatemala.

“En resolución de grado no se hizo constar de manera fehaciente la violación de derechos constitucionales, es importante recalcar que la apelación versa únicamente de la continuidad de los proyectos hidroeléctricos en mención. De suspenderse los proyectos podrían poner al país en una posición de déficit energético al Estado de Guatemala en el sentido que los proyectos que se están cuestionando representan el 16 por ciento de la energía que se genera en Guatemala”, dijo el abogado del Estado.

El profesional afirmó que de suspenderse las operaciones podrían representar problemas al estado de Guatemala y también podrían generar demandas las cuales se tratan de evitar, por lo que pidió que se deniegue la apelación a las comunidades y que otorgue la apelación a Renace revocando la sentencia de grado y denegando el amparo solicitado.

Rechazan proyecto

Ana Rutilia Ical quien fue a la que la Corte Suprema de Justicia le otorgó el amparo indicó que ella tiene el derecho como ciudadana impugnar los permisos otorgados por parte del Ministerio de Energía y Minas a la empresa Renace por haber violado el derecho de consulta al pueblo q’eqchi’ cuando se concesionó el río Cahabón por 50 años.

“La CSJ nos notificó el 4 de julio y reconoce al otorgarme el amparo que se violó el derecho de consulta establecido en el convenio 169 de la OIT, la Constitución Política y otras normas nacionales. También restituyó el derecho al pueblo q’eqchi’”, dijo Ical.

La comunitaria agregó: “En ese amparo no suspende las licencias de proyecto hidroeléctrico que realmente es el objeto del amparo. Por lo que estoy aquí que el recurso de apelación planteado se declare con lugar y que se suspenda inmediatamente los proyectos renace.

“No es delito acudir a las cortes por hacer vales nuestro derecho ya que se nos ha criminalizado por hacerlo, incluso nos han llevado a la cárcel, por lo que pido en nombre mío y en nombre del pueblo q’eqchi’ que se suspenda la operación del proyecto”, dijo Ical.

 

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