En la misiva se indica que con instrucciones del arzobispo metropolitano, Gonzalo de Villa, el 28 de octubre fue entregado personalmente a Mijangos el documento de Dimisión del Estado Clerical y dispensa del Sagrado Celibato y de las demás obligaciones inherentes a la Sagrada Ordenación, impuesta por el papa Francisco, a solicitud de la Congregación para el Clero.
Explica que como conclusión del proceso judicial en el Tribunal Eclesiástico hay denuncias recibidas, en las cuales se manifestó la comisión de delitos de abuso sexual de oficio y de autoridad contra personas adultas vulnerables, como comportamientos impropios continuados en el trato con varones pertenecientes a la comunidad en la que desempeñaba su oficio como formador y superior.
Ordena que es necesario que, a los fieles que manifiesten extraña y desaprobación por la pena impuesta, se les haga conocer las razones de la misma, y se les advierta que habiendo perdido el estado clerical, ya no está facultado para presidir la santa misa o cualquier otro sacramento, así como predicar o ejercer la enseñanza de la doctrina católica.
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Advierte que todas las acciones caritativas, que puede seguir realizando como fiel laico, las debe hacer a nombre propio o de la asociación civil que representa.
El religioso en su perfil de Facebook escribió: “En vista que el arzobispado de Guatemala ve oportuno publicar los supuestos delitos que se me imputan, creo que es oportuno colaborar con ellos”.
Agregó: “Para quienes decidan alejarse de mi persona con confianza y sin pena pueden hacerlo, ya que al parecer no soy una persona que merezca nada de nadie. Lo hago también por el respeto que le tengo a quienes un día les prediqué desde el púlpito y suplico sus oraciones por mi conversión añorando que un día se aclare este panorama tan doloroso”.
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En el perfil de Facebook de COMCA organizaciones católicas han manifestado que continuarán con el apoyo en favor de la obra benéfica que desarrolla Mijangos.
La ordenación sagrada, una vez recibida válidamente, nunca se anula; es un sacramento que imprime carácter indeleble. Sin embargo, un clérigo puede perder el estado clerical, explica el sitio Lexiconcanonicum.org.
Causas
Por estas causas puede perder el estado clerical.
- Por sentencia judicial o decreto administrativo, en los que se declare la invalidez de la sagrada ordenación.
- Por la pena de dimisión legítimamente impuesta.
- Por rescripto de la Sede Apostólica, que solamente se concede a los diáconos cuando existen causas graves, y a los presbíteros por causas gravísimas. Salvo que se haya declarado la invalidez de la ordenación, la pérdida del estado clerical no lleva consigo la dispensa de la obligación del celibato, que únicamente concede el romano pontífice.
- El clérigo que pierde el estado clerical pierde con los derechos propios de ese estado, y deja de estar sujeto a las obligaciones del mismo, salvo el celibato, que requiere la dispensa.
- Se le prohíbe ejercer la potestad de orden, salvo la absolución en peligro de muerte, y queda privado de todos los oficios, funciones y de cualquier potestad delegada.
- El clérigo que ha perdido el estado clerical no puede ser adscrito de nuevo entre los clérigos, si no es por rescripto de la Sede Apostólica.