Guatemala

Ejecutivo sancionó la Ley de la Carrera Judicial

El Organismo Ejecutivo sancionó las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, las cuales entran en vigencia a partir de mañana. Modificará la conformación del Consejo de la Carrera Judicial, y el procedimiento  al que deben someterse los jueces y magistrados sindicados de algún delito. 

Mañana entran en vigencia las reformas a la Ley de Carrera Judicial, aprobadas por el Congreso el 26 de septiembre. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Mañana entran en vigencia las reformas a la Ley de Carrera Judicial, aprobadas por el Congreso el 26 de septiembre. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

A partir de mañana cobran vigencia las nuevas reglas que el Congreso acordó el pasado 26 de septiembre cuando aprobó las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, las cuales fueron sancionadas por el presidente Jimmy Morales y publicadas este lunes en el diario oficial por medio del Decreto 17-2017 del Congreso de la República.


Las reformas contemplan la modificación en cuanto a la integración del Consejo de la Carrera Judicial, que ahora estará conformado por un titular y un suplente que represente a la Corte Suprema de Justicia, la Asamblea General de la Corte de Apelaciones y la Asamblea General de Jueces de Paz.

Dentro del Consejo se determinó que también haya expertos en administración pública, psicología y recursos humanos, los cuales además de la experiencia, deben tener méritos de capacidad, idoneidad y honradez.

Los integrantes del Consejo, deben poseer como mínimo 10 años de experiencia profesional, ejercidos dentro de instituciones del Sistema de Justicia del país.

Procesos contra jueces y magistrados

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Cualquier denuncia planteada contra algún juez o magistrado, ahora deberá ser conocida por la Junta Disciplinaria Judicial, la cual determinará si es procedente o no.

Los jueces o magistrados que sean ligados a un proceso, seguirán gozando de su salario y prestaciones aún estando sin inmunidad.Quedarán sin goce de salario, una vez se haya dictado el auto de procesamiento.

Si al finalizar el proceso, es absuelto a través de una sentencia, existirá la obligación de ser reinstalado en su cargo, además de la retribución del pago de salarios y prestaciones de todo el tiempo que haya durado la suspensión.

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