Guatemala
Cuál es el papel de la Corte de Apelaciones en el sistema de justicia
Será responsabilidad de la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ) asignar a los magistrados electos a las distintas salas de Apelaciones, según la especialidad y las necesidades de cada una.
El Congreso eligió entre aplausos y felicitaciones a los 156 magistrados de Apelaciones para el periodo 2024-2029. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL) Prensa Libre. Erick Avila 01/10/2024
El Congreso eligió a 156 magistrados que presidirán las 46 salas de Apelaciones de distintos ámbitos. Este proceso ha generado polémica tanto por el método de selección de los integrantes de cada sala como por el tipo de casos que deben atender en estas instancias judiciales.
La Corte de Apelaciones actúa como una serie de tribunales de segunda instancia, encargados de confirmar, modificar o anular los fallos emitidos por juzgados o tribunales. Por esta razón, la elección de los magistrados que las presidirán es objeto de críticas, ya que estas salas podrían influir en el curso de un proceso judicial, a veces en beneficio de determinadas personas.
En dichas cortes se analiza si hubo algún error en la interpretación de la ley o en la aplicación de los procedimientos judiciales. También se conocen antejuicios en contra de jueces y en contra de los mismos magistrados de esas cortes.
¿Qué conocen?
En las 46 salas de Apelaciones están divididas por rama del Derecho para conocer las resoluciones judiciales y están clasificadas de la siguiente manera: ramo penal, civil, mercantil, laboral, familiar y ambiental.
Cada sala está integrada por tres magistrados y presidida por uno de ellos, con la finalidad de que se analicen los casos desde múltiples perspectivas legales y que las decisiones se tomen de manera conjunta.
Los magistrados de las salas de Apelaciones son elegidos por el Congreso de la República, pero no es este organismo quién decide que sala ocupa cada uno de los magistrados, eso es tarea de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El proceso de elección es riguroso y polémico desde el inicio, puesto que siempre existen señalamientos de supuestas negociaciones, tanto de comisionados y de diputados para designar a conveniencia a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y salas de Apelaciones.
Cooptación
Corresponde a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) distribuir a los magistrados electos por el Congreso en las diferentes salas. La CSJ asigna a los magistrados según la especialidad, experiencia, y necesidad de cada una de estas.
En ese sentido, en procesos anteriores, sectores sociales y organizaciones civiles como el Movimiento ProJusticia han opinado que las salas de Apelaciones, principalmente las del ramo penal y civil, pueden ser cooptadas por magistrados que responden a los intereses de políticos y otros sectores sociales.
Doce de los magistrados de las salas de Apelaciones integran las comisiones que nominan a los aspirantes a magistrados de la Corte Suprema de Justicia cada cinco años, razón por la cual también son objeto de críticas , puesto que son señalados de obedecer a manipulaciones políticas, a cambio de permanecer en el cargo por medio de la reelección.
Polémica
El pasado 7 de octubre, la Sala Primera de Corte de Apelaciones, presidida por Luis Mauricio Corado Campos, recientemente electo magistrado de la CSJ emitió un fallo a favor de dos sindicados en el caso de la desaparición del cantante Jose Zoel Cruz.
El recurso presentado buscaba dejar sin efecto el dictamen emitido el 25 de abril del 2024, emitido por el Juzgado de Mayor Riesgo B, con el que los sindicados quedaron ligados a proceso.
Los magistrados Luis Mauricio Corado Campos, Franc Armando Martínez Ruíz y Pedro José Luis Marroquín Chinchilla fueron quienes decidieron resolver falta de mérito en el presente caso.