El fallo también da al Congreso un plazo de un año para decretar la legislación respectiva para la celebración de las consultas populares a pueblos indígenas sobre proyectos de explotación de recursos naturales.
De hecho el Congreso ya estaba endosado por la Corte de Constitucionalidad (CC) para legislar en esa materia y el Ejecutivo había presentado una guía provisional para celebrar esas consultas en tanto el Parlamento llena ese vacío legal.
La Minera San Rafael había advertido que la suspensión de operaciones de la mina en Santa Rosa y Jalapa significaría una pérdida de US$780 millones y mil 500 empleos.
Dentro de la batalla legal por el proyecto minero, la Cámara de Comercio Guatemalteco Americana (Amcham) señaló que el país se expone a la pérdida de 445 mil empleos si se clausuran proyectos de industria minera.
La CSJ había otorgado el amparo provisional a Calas al determinar que se violó el derecho del pueblo xinca cuando el MEM no hizo las consultas comunitarias previas a la entrega de licencias de explotación minera.