En un comunicado, la CC hace cuestionamientos a lo hecho por la CSJ al darle luz verde el 26 de junio al trámite de antejuicio contra los magistrados Gloria Porras, Neftalí Aldana, Bonerge Mejía y Francisco de Mata Vela. En particular, cuestiona la conformación del pleno de aquel día, integrado por magistrados suplentes.
Expresa que esa decisión es “nula de pleno derecho”, pues el pleno, integrado por suplentes, es “arbitrario e ilegal” porque incumple el orden de prelación de los magistrados llamados a ocupar esos cargos, según la Ley del Organismo Judicial.
También le hace ver viola los artículos 167 y 43 de la Ley de Amparo, sobre la prohibición de iniciar persecución contra los magistrados de la CC por sus resoluciones, así como la obligación de que todo órgano debe respetar la doctrina de la CC.
La transgresión a los principios de juez natural y de independencia de la justicia constitucional realizada por la ilegalmente integrada CSJ, en resolución de 26 de junio de 2020, vulnera la función esencial de la Corte de Constitucionalidad como garante del orden constitucional. pic.twitter.com/O1IbfPOe3x
— CC Guatemala (@CC_Guatemala) July 25, 2020
Incluso le hace ver que esa “viciada” conformación del pleno, contradice resoluciones de la propia CSJ de 2014, 2019 y 2020 respecto a diligencias de antejuicios.
“De haberse materializado la orden de la CSJ se habría lesionado la institucionalidad y finalidad de la CC, más allá de la esfera personal de los actuales magistrados, cuya función es la defensa del orden constitucional”, expresa el tribunal.
Reacciones a favor y en contra
Jordán Rodas, procurador de los Derechos Humanos y uno de los amparistas, dijo en Twitter:
.@CC_Guatemala otorga en definitiva amparo solicitado por el @PDHgt @JordanRodas @fundamyrnamack
y @AcGuatemala y deja en suspenso definitivo la resolución de 23 Junio por medio de la cual la CSJ remitió al @CongresoGuate las diligencias de antejuicio contra Magistrados. pic.twitter.com/zNyOMCOvWV— PDH Guatemala (@PDHgt) July 25, 2020
El Centro de Defensa para la Constitución expresó que los efectos del amparo de la CC son aberrantes porque los magistrados conocen un asunto de su interés personal.
La Junta Directiva de CEDECON, ante la Sentencia de Amparo emitida por la Corte de Constitucionalidad en el expediente que ordena detener el proceso de antejuicio contra 4 magistrados; Al Ministerio Público, a los tres Organismos del Estado y a la Opinión Pública
MANIFIESTA: pic.twitter.com/7NWpBc0AW9— CEDECON (@CEDECON_GT) July 25, 2020