Justicia

CC confirma que José Francisco de Mata Vela y María Cristina Fernández continuarán como magistrados mientras se completa esa corte

A la nueva Corte de Constitucionalidad (CC), no se han integrado tres magistrados pues el Congreso no los juramentó pues aduce que hay impugnaciones pendientes contra su designación.

Magistrados titulares y suplentes en el acto de instalación de la CC 2021-2026. (Foto: Esbin García)

Magistrados titulares y suplentes en el acto de instalación de la CC 2021-2026. (Foto: Esbin García)

La Corte de Constitucionalidad publicó este viernes 23 de abril el Acuerdo 3-2021, en el que confirma que a partir del 14 de abril de este año continúan integrando la VIII magistratura José Francisco de Mata Vela y María Cristina Fernández García, hasta que el Congreso de la República emita un decreto para que se integre a dicha corte al magistrado titular que designe el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac) y los magistrados titular y suplente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang).

La VIII magistratura de la CC para el periodo 2021-2026 fue instalada el 14 de abril pasado sin la presencia de tres magistrados designados, dos titulares y una suplente, cuya juramentación está bloqueada por amparos e impugnaciones.

Se trata de Gloria Porras, magistrada titular designada por la Usac y Néster Vásquez y la abogada Claudia Paniagua, magistrados titular y suplente, respectivamente, por el Cang.

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Los amparos

En el caso de Porras, dos amparos provisionales bloquearon su juramentación. El primero, el 9 de abril de 2021, por la Sala Sexta de lo Contencioso Administrativo a favor de Edwin Rueda Masaya, exaspirante a magistrado de la CC por el CSU, quien accionó así después de que el CSU rechazara sin entrar a conocer una impugnación. El segundo es el amparo provisional del 12 de abril por la Sala Primera de lo Contencioso Administrativo a favor de Roberto Estuardo Morales Gómez, también exaspirante a magistrado que presentó recurso de reposición que fue rechazada por el consejo sancarlista. De ambos recursos el CSU comunicó al Congreso que tuvo conocimiento el 13 de abril.

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Mientras tanto, Vásquez y Paniagua aguardan que el Cang resuelva recursos de impugnación para poder certificar al Congreso la designación y finalmente ser juramentados.

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Según el acuerdo 3-2021 publicado este viernes 23 de abril, la CC ampara su decisión en el artículo 156 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, que establece, en el segmento conducente, que “[…] La designación de Magistrados por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala y por la Asamblea del Colegio de Abogados de Guatemala podrán ser impugnadas conforme a la ley; pero mientras se resuelven las impugnaciones continuarán actuando los Magistrados titulares y suplentes que deben ser sustituidos.

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Detalla que en los procesos particularizados para la designación de los magistrados,  titulares y suplentes, que tenían que ejercer el cargo para el periodo 2021-2026, ocurrió el supuesto previsto en el artículo 156 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; esto, porque, al haber sido presentadas diversas impugnaciones, que están en trámite, suspendieron la adquisición de firmeza de las decisiones que para el efecto profirieron la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, impidiendo la juramentación y la toma de posesión, en los respectivos cargos, de los profesionales que obtuvieron la designación en los procesos de elección realizados en cada uno de esos órganos designantes.

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Además, que en el primero de los casos mencionado afecta al magistrado titular y al suplente y en el segundo solo titular. Agrega que de esa cuenta, al darse el supuesto contenido en la disposición por imperativo legal continúan en el ejercicio de los cargos los funcionarios quienes, habiendo sido designados para el periodo que correspondió al 2016-2021.

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Una vacante

Agrega que aunado a estas impugnaciones, también existe una circunstancia especial que consiste en que el cargo que corresponde al magistrado titular que designa el Cang se encuentra vacante, motivo por el cual no opera, de inmediato, la permanencia del funcionario electo con anterioridad, de acuerdo con la regulación establecida.

Es por ello que se asignó a la magistrada Fernández García, electa como suplente en la magistratura 2016-2021, para la elaboración, administración, aprobación y presentación de ponencias al Pleno de la CC, con relación a los asuntos asignados a la vocalía que corresponde.

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El acuerdo también establece que este no modifica la categoría de magistrada suplente de Fernández García.

Este acuerdo fue firmado el 21 de abril de 2021 por el presidente de la CC, Roberto Molina Barreto y los magistrados Dina Josefina Ochoa Escribá, José Francisco de Mata Vela, Leyla Susana Lemus García, Juan José Samayoa Villatoro y Lizbeth Carolina Reyes.

ESCRITO POR:

Julio Román

Periodista de Prensa Libre especializado en política, seguridad y justicia con más de 20 años de experiencia.