Guatemala

Cámara de Medios de Comunicación presenta inconstitucionalidad

La Cámara de Medios de Comunicación presentó este jueves una inconstitucionalidad en contra de cinco artículos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, y cuatro del reglamento que creó la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de opinión.

La Cámara de Medios de Comunicación interpuso una acción de inconstitucionalidad por algunos artículos de la ley y el reglamento de la LEPP. (Foto Prensa Libre: Manuel Hernández)

La Cámara de Medios de Comunicación interpuso una acción de inconstitucionalidad por algunos artículos de la ley y el reglamento de la LEPP. (Foto Prensa Libre: Manuel Hernández)

Los artículos de la referida Ley contra la que se accionó son: 88, 219, 223 y 223 Ter; mientras los del del reglamento son: 7, 8, 19 y 35.


La acción se presentó por la defensa de la libertad y efectividad del sufragio u pureza del proceso electoral, del derecho al libre acceso a la información, del derecho a la libre expresión, del derecho a celebrar contratos, del principio de legalidad, y especialmente de ausencia de cualesquiera medios indirectos para impedir la comunicación y la libre circulación de ideas y opiniones.

El abogado Gabriel Orellana explicó que existen varias incoherencias dentro del cuerpo legal y añadió que antes de las reformas estaba prohibido publicar encuestas 36 horas antes del proceso, pero ahora lo dejaron a 15 días antes del evento electoral.

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El presidente de la Cámara de Medios de Comunicación, Rodolfo jiménez muestra el documento de la acción presentada. (Foto Prensa Libre: Manuel Hernández)

“Con esto es más que elocuente ese control indirecto, ese cercenamiento que hay al acceso a la información. La pauta fundamentalmente queda afectad en esto, la disposición en ese sentido la hemos llamado un lobo con piel de oveja, porque el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene la facultad de decidir en qué momento y en qué lugar pueden ir colocadas las pautas electorales, de tal manera que una primera plana, si así el TSE lo quisiera, iría lleno de eslogan de partidos políticos”, dijo Orellana.

Al respecto, Orellana señaló que el recurso busca que el pueblo esté informado debidamente en un proceso electoral. 
“Un elector informado, es un elector que toma decisiones conscientes. De esa cuenta esperamos que la Corte de Constitucionalidad, en el tiempo que falta para que se llegue al proceso electoral, tome consciencia y resuelva favorablemente a nuestra pretensión” refirió.

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