La medida hecha pública este lunes tiene como objeto “mantener y profundizar las relaciones bilaterales amistosas”, según el acuerdo firmado por el ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Raúl Morales.
El traslado y cumplimiento de la condena en el país de origen, solo puede aplicar en caso que se haya impuesto la pena de manera definitiva, como una de las condiciones a cumplir para aplicar al acuerdo.
“Se entiende que una sentencia es definitiva cuando no esté pendiente de recurso legal ordinario contra ella en el Estado sentenciador y que el término previsto para dicho recurso haya vencido”, explica el acuerdo oficial.
Para aplicar al traslado se debe solicitar a través del Estado sentenciador o el Estado receptor, por los canales diplomáticos. El condenado debe consentir el traslado por escrito y la pena por cumplirse no debe ser la pena de muerte.
La pena a cumplirse, como otra parte de los requisitos para aplicar al traslado, no debe ser inferior a seis meses, tampoco puede existir ninguna solicitud de extradición promovida por un tercer Estado.
El acuerdo también podrá ser aplicable a adolescentes en conflicto con la ley, para el efecto será un representante legal quién autorice el traslado.