Los magistrados Jaime Amílcar González Dávila, Sonia de la Paz Santizo y Edith Mariela Pérez Ordoñez emitieron el Fallo el 6 de noviembre último.
El Ministerio Público señala a los tres implicados de haber tenido una plaza fantasma en el Registro General Propiedad bajo el reglón 029 y que durante la vigencia de los contratos no se presentaron a trabajar en dicha institución, la cual estaba bajo la administración de Anabella De León.
El juez Carlos Rivera Clavería, del tribunal Segundo Unipersonal Penal, expuso en la diligencia de este 12 de diciembre, en la que se conoció la decisión de los magistrados, que el falló de la Sala Tercera de Apelaciones “anula la sentencia”, pero no ordena conocer irregularidades en el proceso que concedió o retiró medidas a los imputados antes de empezar la etapa del debate.
La Feci señaló en la audiencia que ambos implicados tienen “nexos con personas de alto perfil político”, porque Solórzano Morales y Valenzuela Mejía fueron detenidos en una casa de Manuel Baldizón el 20 de enero de 2018 en Villa Canales y que dos años antes se habían girado órdenes de captura en contra de ambos, pero no fueron encontrados en Pueblo Nuevo Viñas, Santa Rosa, donde residían.
Los fiscales argumentaron ante Rivera Clavería que tanto Solórzano Morales y Valenzuela Mejía debían seguir en prisión como cuando comenzó la fase del debate porque la condiciones de “obstaculización a la averiguación de la verdad” no cambiaron y el riesgo es latente.
Juicio anulado
En el juicio anulado, el juez Raúl Ramírez señaló que los tres implicados “tenían calidades de funcionarios públicos, ya que fueron adscritos a un contrato de carácter temporal, y que en dicho documento se le delegaban funciones a la prestación de un servicio público, el cual era remunerado con fondos públicos”.
En abril pasado, el Tribunal Segundo Unipersonal Penal condenó a Solórzano Morales, Alvarado Xoná y Valenzuela Mejía por ser autores de los delitos de peculado por sustracción y falsedad ideológica, después de dos semanas de juicio donde declararon 20 peritos y testigos y fueron presentadas cien pruebas documentales de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).
En total, Alvarado Xoná cobró Q205 mil 500, gracias a una plaza fantasma en Cobán, Alta Verapaz; Valenzuela Mejía devengó Q250 mil en la cabecera de Escuintla, y Solórzano Morales, Q82 mil en la cabecera de Jutiapa. Estos hechos ocurrieron entre 2012 y 2015.
“Es gravísimo lo que hicieron”, dijo el juez Raúl Ramírez cuando condenó a Solórzano Morales y Valenzuela Mejía, extrabajadores del excandidato presidencial Manuel Baldizón, y Alvarado Xoná por haber cobrado salarios sin ir a trabajar al Registro General de la Propiedad.
A Solórzano Morales y Alvarado Xoná se les impuso una pena de nueve años y tres meses de prisión inconmutables, y a Valenzuela Mejía, 10 años de cárcel inconmutables. Además, una multa de Q15 mil a cada uno.
El juez Raúl Ramírez inicia la lectura de la sentencia contra Carlos Gilberto Solórzano Morales y Yoni José Valenzuela Mejía, extrabajadores de Manuel Baldizón y Génesis Daniela Alvarado Xoná, por el caso #BotínRegistroPropiedad pic.twitter.com/dFKtQHsoYU
— Kenneth Monzón (@kmonzon_pl) April 3, 2019
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