Guatemala

Amparo obliga al Congreso a elegir a director del IDPP

Según el amparo provisional, los diputados deben reunirse para elegir al director del Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP).

El IDPP no tiene director desde noviembre del 2014. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El IDPP no tiene director desde noviembre del 2014. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Este jueves se informó que la Corte de Constitucionalidad (CC), otorgó un amparo provisional a favor de Rodolfo Arturo Franco Castillo para que la Junta Directiva del Congreso convoque a una sesión en la que se incluya el nombramiento del IDPP.

La Defensa Pública no tiene director desde que Blanca Stalling renunció al cargo para tomar posesión como magistrada de la Corte Suprema de Justicia, en noviembre del 2014.

Actualmente, la institución está a cargo de Remberto Leonel Ruiz Barrientos, quien ocupaba la dirección ejecutiva y de Recursos Humanos del IDPP, y que también forma parte de la lista de aspirantes a la dirección de ese entidad.

Con este fallo, la CC reitera que el Congreso debe convocar a una plenaria para elegir al próximo director; en noviembre del año pasado también otorgó un amparo provisional a los diputados, Nineth Montenegro y Luis Pedro Álvarez.

El fallo anterior determinó que el período en el cargo es de cinco años y empieza el 6 de agosto, El actual perído comezó el 5 de agosto del 2014 y vence el 5 de agosto del 2019.

En marzo, 24 candidatos presentaron solicitud para ocupar el cargo de director general del IDPP, pero el Congreso no ha hecho la designación.

La terna:

  • Nidia Lissette Arévalo Flores
  • Hugo Roberto Jáuregui
  • Remberto Ruiz Barrientos

Defensa Pública

El IDPP fue creado por medio de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto 129-97 del Congreso de la República emitido el 5 de diciembre de 1997.

El carácter de la institución es autónomo e independiente del Estado para el cumplimiento de sus funciones, aunque su financiamiento es a través de la asignación anual que hace el Congreso de la República dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación.

La Ley del Servicio Público de Defensa Penal (LSPDP) entró en vigencia el 13 de julio de 1998 fecha en la que la Oficina de Defensoría Pública dejó de depender del Organismo Judicial, órgano al que se encontraba adscrita. En un principio la asesoría se brindaba en forma gratuita a cualquier persona.

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