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Hasta 20 días de suspensión enfrentan los agentes de PNC que se embriagan en servicio
Inspectoría General de PNC investiga a agentes que fueron grabados afuera de una cantina en el municipio de San Francisco, Petén.
La PNC confirmo que agentes bajo estado de ebriedad prestaban servicio en la aldea Nuevo San Francisco, municipio de San Francisco, Petén. (Foto Prensa Libre: PNC).
El Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional Civil (PNC) establece en sus artículos 18 al 23 las que considera infracciones leves, graves y muy graves, y sus respectivas sanciones.
En los artículos 18 y 19, se estipulan las infracciones leves que comete todo el personal uniformado de la PNC. Mientras que en el 20 y 21, estipula 37 infracciones graves sancionables. Los artículos 22 y 23 estableces las infracciones muy graves y sus respectivas sanciones.
La Inspectoría General de la PNC investiga a dos agentes que fueron documentados por autoridades municipales afuera de una cantina en la localidad de San Francisco, Petén. Ellos estaban junto con otras personas particulares.
El hecho lo viralizaron y denunciaron que los policías ingerían bebidas alcohólicas en horario de servicio y algunos con el uniforme de la institución civil.
El jefe de la Inspectoría General, Juan Carlos Rodas Palacios, explica a Prensa Libre que el caso de los agentes en San Francisco, Petén, ya está bajo investigación. Según Rodas "casos parecidos a ese no tenemos en la comisaría 62".
"Por el momento hemos reportado uno más en la comisaría 72 de Sololá, ya que contamos con un proceso de supervisión constante de parte de Inspectoría General, para fortalecer el trabajo de control interno que realiza el mando inmediato superior de las unidades", manifiesta Rodas.
En el caso de los agentes de alta en el municipio petenero el jefe de la Inspectoría explica que la acción a tomar es "iniciar un procedimiento disciplinario a través de la conformación de un expediente administrativo, por la infracción muy grave tipificada en el Acuerdo Gubernativo 420-2003".
Una publicación de la PNC en sus redes sociales resaltó lo siguiente: "En relación al video que circula en redes sociales sobre un hecho suscitado el 31 de marzo en la aldea Nuevo San Francisco, municipio de San Francisco, Petén, los dos agentes y su jefe inmediato serán sancionados disciplinariamente y fueron trasladados del lugar inmediatamente".
Este tipo de hechos se sancionan sobre la base del Régimen Disciplinario de la PNC. El inciso 20 del artículo 20 de ese Reglamento, establece como infracción grave “embriagarse durante el servicio”.
El inciso 21, agrega lo siguiente: “embriagarse fuera del servicio, sólo cuando afecte la imagen de la Institución”. Si los elementos fueras jefes, les aplicarían este: “Tolerar en el personal subordinado cualquier conducta tipificada como infracción grave o el ejercicio arbitrario de las facultades disciplinarias que le confiere este Reglamento”.
Las sanciones por infracciones graves establecidas en el Reglamento son la suspensión del trabajo de nueve a 20 días calendario sin goce de salario; la limitación temporal de seis a 12 meses para optar a ascensos, participar en cursos de especialización y becas dentro o fuera del país y la limitación temporal de seis a 12 meses para optar a cargos en la Institución.
Dentro de las infracciones muy graves, que es donde encuadran el caso de los dos agentes de San Francisco, Petén, está la de “embriagarse con habitualidad”.
Los agentes y su jefe inmediato van a trabajos administrativos, se abrió un expediente de falta grave.
— Francisco Jiménez (@FJimenezmingob) April 2, 2024
Así como hemos apoyado a la fuerza quiero enviar un mensaje claro, NO vamos a permitir que le falten el respeto a la ciudadanía y tampoco a la institución. https://t.co/nwc2wRVFJF
“Se entenderá que existe habitualidad cuando tenga constancia de tres o más casos anteriores de embriaguez”. “Consumir drogas o sustancias psicotrópicas sin prescripción médica”, cita otra de las infracciones graves.
Las sanciones por estas son la suspensión del trabajo de veintiuno a treinta días sin goce de salario; la lmitación temporal de trece a veinticuatro meses para optar a ascensos, participar en cursos de especialización y becas dentro o fuera del país; la limitación temporal de trece a veinticuatro meses para optar a cargos dentro de la institución; la destitución en el servicio y la comisión de una infracción muy grave, teniendo anotada y no cancelada una infracción muy grave, se impondrá la destitución en el servicio.
Tanto el caso de Petén como el de Sololá están en proceso de investigación para tomar una decisión respecto a la continuidad de los elementos en la institución, según Inspectoría General.