El fallo de los magistrados de la CSJ mantiene en la contienda electoral a Zury Ríos, quien se postula con la coalición Valor-Unionista, y cuyo amparo fue interpuesto por los representantes del partido Cabal, quienes califican de inconstitucional su inscripción por parte del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de la hija del jefe de facto, José Efraín Ríos Montt.
La primera acción de Cabal fue plantear un recurso de nulidad en contra de la inscripción de Zury Ríos, pero esta fue rechazada por los magistrados del TSE, lo que motivó que se interpusiera un recurso de amparo en la CSJ; sin embargo, el pleno de magistrados de esa Corte lo rechazó en definitiva este miércoles 12 de abril.
Las acciones legales de Cabal se efectuaron bajo el argumento del inciso c) del artículo 186 de la Constitución Política de la República de Guatemala, referente a la prohibición de participación como candidato a la Presidencia de los parientes (en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad) de caudillos o jefes de un golpe de Estado.
De momento, la dirigencia de Cabal no se ha pronunciado al respecto, ya que aseguran que no han sido notificados, aunque su equipo legal ya trabaja en eso y posteriormente harán una declaración oficial.
UNE sigue en contienda
La resolución del pleno de magistrados de la CSJ de este miércoles también mantiene en la contienda electoral al binomio presidencial de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), integrado por Sandra Torres y Romeo Guerra.
En este caso, la CSJ también denegó en definitiva el amparo interpuesto contra los magistrados del TSE por haber avalado la inscripción de Guerra, al consideran que, al igual que Zury Ríos, tiene prohibición constitucional para optar al cargo de vicepresidente de Guatemala, aunque en su caso es por ser ministro de culto.
Respecto a este caso, el pleno de magistrados del TSE declaró sin lugar el 5 de febrero pasado un recurso de nulidad planteado contra el binomio presidencial de la UNE, bajo el argumento de que Guerra ejercía como ministro de culto hasta noviembre de 2022, por lo que tendría impedimento legal para optar a la candidatura vicepresidencial, de acuerdo con el artículo 186, literal “f” de la Constitución Política de la República.
El inciso “f” del artículo 186 de la Constitución señala que no pueden optar a los cargos de presidente y vicepresidente “los ministros de cualquier religión o culto”.
La dirigencia del partido político Todos afirmó que no han sido notificados sobre la decisión definitiva de la CSJ, y que hasta que sean notificados será el momento “prudente” para emitir una postura.
Señalan irregularidades
El partido de oposición Vos advirtió recientemente que el proceso de elecciones en Guatemala “carece de transparencia” y está marcado por “actos irregulares” de las autoridades electorales.
“Han inscrito a candidatos señalados de delitos graves como narcotráfico y han dejado fuera a ciudadanos que han demostrado ser la oposición de este país”, señaló el abogado Carlos Bezares, secretario general del partido Vos.
Las palabras de Bezares tuvieron lugar en un acto organizado por el TSE para firmar un “pacto de no agresión” entre políticos durante la campaña.
En marzo recién pasado, organizaciones internacionales de derechos humanos expresaron su preocupación porque las autoridades electorales de Guatemala dejaron fuera del proceso a candidatos de oposición.
La líder indígena Thelma Cabrera, que figuraba como una de las favoritas a la presidencia, fue excluida por supuestos reparos legales de su vicepresidenciable Jordán Rodas.
Además, el TSE revocó la candidatura del diputado Aldo Dávila, quien durante su mandato (2020-2024) ha fiscalizado casos de corrupción en distintas dependencias de Gobierno.
En las elecciones generales del 25 de junio, los guatemaltecos tienen que elegir a presidente, vicepresidente, 160 diputados al Congreso, 20 al Parlamento Centroamericano y 340 corporaciones municipales para el periodo 2024-2028.
Con información de EFE