El marco legal que regula esta disposición es el artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
El artículo “d” del mencionado artículo describe que está prohibido el expendio y distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en sitios públicos.
En ese sentido, la restricción empieza desde las 12 horas del día previo a las elecciones, o sea, al medio día del próximo sábado 24 de junio. Además, la prohibición se extiende hasta seis horas después del día de los comicios, por lo cual se podría consumir y vender licor después de las seis de la mañana del lunes 26 de junio.
¿Quién regula las restricciones?
La ley también establece las penalizaciones por la transgresión de las anteriores disposiciones legales, las cuales son periodos de cárcel y penas de prisión. La institución designada para garantizar el cumplimiento de la regla y para actuar contra quienes la infrinjan es la Policía Nacional Civil (PNC).
Lea más: Calendario de elecciones generales 2023 en Guatemala: Fechas y fases del proceso electoral
¿Qué pasó en las elecciones del 2019?
A pesar de la vigencia de la disposición legal durante procesos electorales anteriores, la PNC ha reportado detenciones de personas que no acataron las reglas que impiden comprar o beber alcohol en áreas públicas.
En el proceso electoral del 2019, la PNC reportó durante la primera vuelta electoral la detención de 600 personas en el territorio nacional por no respetar la ley seca. Los departamentos que más aprehensiones reportaron fueron Escuintla, San Marcos y Guatemala.
#EleccionesSeguras2019 En una venta de bebidas alcohólicas en #Huehuetenango fueron capturadas cinco personas por infringir la #LeySeca pic.twitter.com/3zoNZwYXFC
— PNC de Guatemala (@PNCdeGuatemala) August 10, 2019
Sin embargo, esta cantidad aumentó en la segunda vuelta, por lo que se reportó la captura de 730 personas.
Penalización
Las personas que violenten la restricción de la ley seca, de acuerdo con la LEPP, deberán ser detenidas y puestas a disposición de un juzgado, esto con el fin de que puedan presentarse a una primera audiencia, la cual tiene como plazo un máximo de seis horas después de la captura.
Posteriormente a la audiencia, en la cual se escuchará el motivo de su detención, el juez deberá establecer si el sindicado continuará ligado a proceso penal, con lo cual podría ser sentenciado a una pena de prisión de entre 15 a 30 días.
Restricciones para partidos políticos
La LEEP también establece que las agrupaciones políticas no deben realizar propaganda electoral desde 36 horas antes y durante el día de las elecciones.
2️⃣ Comprende la campaña electoral de los candidatos a cargos de elección popular.
🗓️ Del 27 de marzo al 23 de junio.3️⃣ Realización de las Elecciones Generales.
🗓️ 25 de junio.— TSE Guatemala (@TSEGuatemala) February 22, 2023
Ante ello, ningún partido político o candidato podrá promocionar la imagen de la agrupación ni de los aspirantes a los diferentes cargos públicos después de las 12 horas del próximo viernes 23 de junio.
El caso de las encuestas electorales
Según el artículo 196 de la LEPP se establecen tres fases principales del proceso electoral, las cuales son: postulación, campaña y elección. Cada una tiene fechas determinantes para el cumplimiento del proceso democrático de las elecciones 2023. Los detalles de las etapas fueron publicados en el decreto 1-2023 del TSE.
Lea más: Candidatos a la presidencia de Guatemala reaccionan y opinan sobre la Encuesta Libre 2023
En la segunda fase se establece la normativa para la publicación de encuestas electorales y estudios de opinión, los cuales deberán publicarse entre las fechas del 20 de enero al 23 de junio a las 12 horas, horario paralelo al de las restricciones de los partidos políticos.
Esta restricción también aplica para la segunda vuelta de las elecciones 2023, la cual se tiene prevista para el 20 de agosto, por lo que los estudios de opinión y las encuestas deberán publicarse antes del viernes 18 de agosto a las 12 horas.