El pasado fin de semana, magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) declararon procedente la candidatura de Baldizón como diputado al Congreso de la República por el partido Cambio, pese a que el Registro de Ciudadanos había resuelto que no cumplía con el artículo 113 de la Constitución que señala que “los guatemaltecos tienen derecho a optar a empleos o cargos públicos y para su otorgamiento no se atenderá más que a razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez”.
Baldizón fue condenado en EE. UU. por lavado de dinero luego de que el político se declarara culpable en una corte de ese país, desde donde meses después fue deportado a Guatemala para que enfrentara dos proceso de corrupción por los caso Transurbano y Odebrecht.
De esa cuenta, este lunes 13 de marzo el Cacif recordó por medio de un comunicado que el TSE está llamado a cumplir con la Constitución y destacó que “ante los recientes acontecimientos dentro del proceso de inscripción de candidatos para los comicios del presente año, vemos con absoluta y total preocupación que la autoridad electoral, a pesar de la claridad de la norma antes citada, haga caso omiso de ella”.
El Cacif agrega que “siendo el Tribunal Supremo Electoral la máxima autoridad en temas electorales está llamado a analizar, de forma integral, los requisitos legales y constitucionales de cada ciudadano para establecer si cumple con todos ellos, incluyendo, por supuesto, la idoneidad y honradez”.
Contradicciones
La MOEGT emitió un comunicado en el que señala que las contradicciones por parte del TSE en la inscripción de candidatos “ponen en peligro la credibilidad de las elecciones”.
Agrega que los magistrados del TSE persistes en “aplicar criterios contradictorios e inconsistentes para la inscripción de candidaturas”.
Agrega que eso se evidencia en varias resoluciones, “como las de los casos de Manuel Antonio Baldizón Méndez, candidato a diputado, y Esvin Fernando Marroquín Tupas, candidato a la alcaldía de Cuilapa, Santa Rosa, en las que se aplicaron criterios diferentes para calificar sus inscripciones”.
Añade que “el argumento planteado por el TSE de que cada caso debe ser analizado en su especificidad, no riñe con la necesidad de aplicar criterios estandarizados de calificación de las candidaturas”.
“Al autorizar la inscripción de Manuel Baldizón, el TSE afirma que una resolución judicial extranjera no puede ser considerada como elemento para pronunciarse sobre la idoneidad de un precandidato: “(…) la soberanía de un Estado se manifiesta, entre otras cosas, a través del ejercicio exclusivo del poder jurisdiccional (…)”. Sin embargo, en el caso de Marroquín Tupas afirmó que “(…) los compromisos asumidos por el Estado de Guatemala en materia de extradición y combate al tráfico ilícito de drogas, corrupción y delincuencia transnacional, deben interpretarse y cumplirse de buena fe. No constituye vulneración a la soberanía nacional la aplicación de tratados y convenios internacionales debidamente aceptados, suscritos y ratificados según el procedimiento que contempla la Constitución (…)”.
El documento señala que “de igual manera, resoluciones sobre candidaturas presidenciales previamente emitidas muestran, por un lado, una interpretación extensiva de las prohibiciones constitucionales, mientras que en otras se aplican las normas en forma restrictiva”.
“Si bien en un organismo colegiado es natural la existencia de diferentes criterios jurídicos, los votos razonados que los mismos magistrados han emitido en diversos casos, reafirman marcadas diferencias en la aplicación de criterios para calificar los méritos de capacidad, idoneidad y honradez de los aspirantes”, dice la misiva.
Afirma que “estas contradicciones e incoherencias a la hora de inscribir o denegar inscripción de candidatos ponen en peligro la credibilidad del proceso electoral”, y refiere que “el TSE, como autoridad llamada a defender y garantizar la legalidad y legitimidad de las elecciones, debe comprometerse a garantizar la aplicación consistente y estandarizada de criterios para calificar las candidaturas que sean sometidas a su consideración. De lo contrario, el entorno de desconfianza y confusión castigará la integridad del proceso electoral 2023”.