Decisión Libre 2015

TSE admite recurso del PP para inscribir a presidenciables

Aunque el Registro de Ciudadanos había rechazado la nominación de de los presidenciables del PP, un recurso de nulidad  conocido este miércoles permitió de nuevo el trámite.

El Registro de Ciudadano negó al Partido Patriota la inscripción de su binomio presidencial para la elecciones generales. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El Registro de Ciudadano negó al Partido Patriota la inscripción de su binomio presidencial para la elecciones generales. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Leopoldo Guerra, director del RC, dependencia del Tribunal Supremo Electoral (TSE), explicó que Gramajo se había postulado antes como candidato a diputado por el Listado Nacional, y después quisieron postularlo como candidato vicepresidencial, lo que no es permitido por la Ley.
 
“Al PP se le aprobó su asamblea, pero no se aprobó el punto noveno donde postulan al candidato a presidente y vicepresidente porque no podían postular a Valentín Gramajo cuando ya lo habían postulado antes como diputado al Listado Nacional. Un partido no puede postular dos veces a la misma persona”, explicó Guerra.
 
Ese punto debe tenerlo aprobado todo partido político porque es vital para que no haya problema en la papelería cuando lleguen a inscribir a los dos candidatos.
 
Guerra agregó que esa agrupación política impugnó la resolución del RC mediante un recurso de nulidad, y presentó la renuncia de Gramajo como candidato a legislador para que sólo se tome en cuenta la postulación para vicepresidente, acción que fue admitida la tarde de este miércoles.

Mario David García y Valentín Gramajo, con esta resolución, pueden de nuevo continuar con el trámite de incripción para la Presidencia y Vicepresidencia del país por el partido oficial.

ESCRITO POR:

Geovanni Contreras

Periodista de Prensa Libre especializado en Política y Poderes, con 21 años de experiencia. Galardonado en el 2017 por su trayectoria por la Embajada de México y la Hemeroteca Nacional Clemente Marroquín Rojas.