Son múltiples los videos que en redes sociales se han hecho virales donde se observa a conductores de vehículos denunciar malos procedimientos por parte de agentes de tránsito, lo cual en ocasiones ha llegado a enfrentamientos verbales y físicos con la ciudadanía.
Aunque la PMT ha sido objeto de supervisiones y capacitaciones por parte de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) en el pasado, aún hay actitudes por parte de los agentes que son ilegales, como por ejemplo el intento por limitar la facultad ciudadana de documentar sus operaciones.
Oswaldo Samayoa, del Centro de Estudios de Guatemala (CEG), considera que las animadversiones entre la ciudadanía y las autoridades de tránsito se deben a distintos factores, como la falta de formación de los agentes y la escasa comunicación por parte de la comuna hacia los conductores sobre los procedimientos ordinarios.
“La municipalidad tiene la responsabilidad de comunicar de forma clara a los vecinos cuáles son los procedimientos que realiza dentro del municipio para que vecino esté enterado y no esté a la defensiva. Normalmente el vecino está a la defensiva porque el funcionario no está siendo profesional, entonces primero se debe profesionalizar bien a los agentes”, considera Samayoa.
De lo contrario, la relación entre la PMT y conductores no mejorará y los conflictos continuarán.
¿DE DÓNDE SALIÓ LA INFORMACIÓN?
El pasado 29 de julio un ciudadano publicó en su cuenta de Twitter un video donde se observa a un agente de la PMT de la Ciudad de Guatemala advirtiéndole que lo multará con Q1 mil porque se le está grabando. “Te voy a poner una multa de Q1,000 por abuso de auto... por faltar el respeto a la autoridad de tránsito. Media vez me estás tomando fotografías, estás violando mi privacidad. Así como tenés tus derechos, yo tengo también tengo mis derechos”, dice el agente al ciudadano que lo graba. Por medio de su cuenta institucional, la PMT respondió al tuit y aseguró que no se le multó por grabar al agente, sino por portar licencia vencida, no portar placa delantera y portar placa posterior alterada. Casi 800 usuarios reaccionaron en redes sociales y algunos argumentaron que es ilegal que las autoridades de tránsito pretendan restringir el derecho de la ciudadanía a documentar sus actuaciones.
¿CUÁL ES EL CONTEXTO?
El pasado 10 de agosto, trabajadores de la Municipalidad de Guatemala de diversas dependencias manifestaron frente al Palacio Municipal y denunciaron corrupción en la administración el alcalde Ricardo Quiñónez. Entre los inconformes se encontraban agentes de la PMT, quienes aseguraron que son obligados a portar POS para cobrar multas de tránsito a los infractores, lo cual consideran ilegal ya que no son departamento del tránsito, sino únicamente reguladores del mismo. Asimismo, denunciaron que la comuna los obliga a imponer una cuota mínima de multas y en el sistema están apareciendo algunas "multas fantasmas" que no han sido impuesta por autoridad ellos. Otros aseguraron que los obligan a colocar un mínimo de cepos y eso les genera animadversiones con los conductores que son afectados por estas acciones. La comuna, por su parte, emitió una postura donde asegura que “no hay ningún colaborador de ninguna dependencia municipal presente en estas manifestaciones, por lo que entendemos que la integran principalmente unos cuantos miembros del sindicato de la EMT (Empresa Municipal de Transportes). A este sindicato se le ha atendido siempre, por lo que no ha habido alejamiento de ellos en ningún momento y se han generado las facilidades para una comunicación abierta y con buena disposición”.
Verificamos por Usted: ¿Es ilegal grabar a agentes de tránsito?
Falso
Información falsa de fuentes que no son confiables
Amilcar Montejo, intendente de la PMT, insiste que no se ha multado a ciudadanos por grabar a agentes y que lo que se observó en el video fue "un cruce de palabras entre el conductor y el agente de Emetra". Sin embargo, reconoce que las autoridades de tránsito no están facultadas a multar a ningún conductor por el simple hecho que éste los esté grabando. “No hay artículo legal que lo sanciones. Los ciudadanos y las autoridades podemos hacer uso del teléfono o cámara para poder ampararnos en algún proceso que nos cause duda o que quede documentado para presentar pruebas posteriores”, aseguró. Las infracciones pueden ser de Q100, Q200, Q300, Q400, Q500 y hasta de Q25 mil cuando son de mayor cuantía. Estas se regulan en el título VI "Infracciones y sanciones" de la Ley de Tránsito, pero en ningún artículo de este capítulo se penaliza el derecho de documentar una operación por parte de un ciudadano. Asimismo, cabe resaltar que la Constitución Política de la República establece en su artículo 30 la publicidad de los actos administrativos, el cual regula que “todos los actos de la administración son públicos” y los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional, o de datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia”. Por lo anterior, es legal grabar a una autoridad de tránsito y ningún agente está facultado para limitar este derecho.