El pasado jueves 7 de julio el ministro de Salud, Francisco Coma, anunció en conferencia de prensa que el uso de la mascarilla sería obligatorio nuevamente en Guatemala, debido a la alta positividad de casos de covid-19 en el país, que rondaba el 42%.
Señaló que se estaba elaborando el acuerdo ministerial para oficializar la nueva medida y este fue publicado este lunes 11 de julio.
El nuevo acuerdo es una reforma al Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud, de fecha 11 de mayo de 2022, que contiene el Sistema de Alertas Sanitarias y disposiciones sanitarias para la apertura a la nueva normalidad.
En el artículo 1 se reforma el artículo 4 del pasado acuerdo y queda de la siguiente manera.
“Para la apertura de todas las actividades económicas, laborales, educativas en todos sus niveles, técnicas, de capacitación y de cuidado infantil, con el propósito de evitar el aumento en el contagio y transmisión del virus SARS-CoV-2, todos los habitantes de la República de Guatemala, independientemente de haber padecido o no la enfermedad de Covid-19 deben cumplir las siguientes disposiciones sanitarias obligatorias”.
- a) Higiene obligatoria de manos, ya sea mediante el uso de agua y jabón por un lapso mínimo de 20 segundos, o a través de la desinfección con alcohol liquido o en gel que posea al menos 70% de concentración.
- b) Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
Se recomienda mantener el referido distanciamiento en alerta color naranja en espacios cerrados.
La referida obligación se exceptúa en alertas color amarillo y verde.
Uso obligatorio de mascarilla
- c) Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapaboca tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados, independientemente del color de alerta sanitaria.
De la referida obligación se exceptúan los menores de 2 años, las personas que por su condición médica tengan una contraindicación y los municipios en alerta color verde.
Añade que las presentes disposiciones serán reformadas tomando en consideración la evolución de la pandemia de covid-19 y la nueva evidencia científica que se conozca.
El acuerdo agrega que: “Las autoridades locales, en consenso con sus lideres locales y representantes institucionales y las entidades públicas a través de sus autoridades y las entidades privadas, a través de sus representantes, podrán aumentar y nunca disminuir las disposiciones sanitarias antes descritas, difundiéndolas oportunamente a la población, grupo o jurisdicción aplicables”.
El presente acuerdo empieza a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América deberá publicarse en la página web del Ministerio de Salud Pública.
Qué decía el acuerdo anterior
El pasado viernes 13 de mayo Salud hizo la más reciente modificación al acuerdo ministerial 159-2021 en el que hace modificaciones al 158-2022, que había publicado el pasado 12 mayo y que contenía las Sistema de alertas sanitarias y disposiciones sanitarias.
En esa modificación se establecía que el uso de mascarilla solo era obligatorio en espacios abiertos y cerrados en los municipios con alerta roja.
Para los municipios en alerta naranja y amarilla solo se recomendaba el uso de mascarilla en espacios cerrados.
En los municipios en verde no había ni obligación ni recomendación de usar mascarilla en espacios abiertos ni cerrados.