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Tarjeta de salud y manipulación de alimentos: ¿Cómo se tramitan ante el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social?

Esto es lo que debes saber sobre el trámite de la tarjeta de salud y la constancia de manipulación de alimentos que otorga el Ministerio de Salud Pública y requieren algunas instituciones y empresas.

El Ministerio de Salud revela que a diario extiende unas 80 tarjetas de salud. Enero y febrero es cuando se incrementan las solicitudes. (Foto Prensa Libre: MSPAS).

El Ministerio de Salud revela que a diario extiende unas 80 tarjetas de salud. Enero y febrero es cuando se incrementan las solicitudes. (Foto Prensa Libre: MSPAS).

La tarjeta de salud es un documento que extiende el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) por medio de los “coordinadores de los Distritos Municipales de Salud de los Departamentos de las Direcciones de Redes Integradas de Servicios de Salud, en el cual se hace constar que el interesado no padece de enfermedades transmisibles”.

El objetivo de la tarjeta de salud “es demostrar que la persona que lo solicita no tiene ninguna enfermedad que pueda ser transmitible”.

Este requisito está incluido en el Acuerdo Ministerial 179-2019 del MSPAS relacionado con las normas para el otorgamiento de tarjetas de salud y constancias de buena salud. El Código de Salud habla de esto en sus articulos 142 y 143.

El 142, relacionado con la salud del personal, establece que “las personas responsables de los establecimientos y expendios de alimentos deberán acreditar en forma permanente el buen estado de salud de su personal, siendo solidariamente responsables con el equipo de trabajo. Un reglamento específico regulará la materia”.

Mientras que el 143, sobre normas de personal, refieren que “el personal tendrá el deber de observar las normas y reglamentos sanitarios, y cumplir las especificaciones técnicas del establecimiento de alimentos. Los propietarios y su personal supervisor deberán favorecer y vigilar el cumplimiento de las leyes sanitarias y sus reglamentos”.

Estas constancias las extienden “médicos que sus clínicas estén registradas por el Ministerio de Salud Pública. Pueden verificar en www.mspas.gob.gt en la sección DRACES, apartado específico de establecimientos acreditados”, según las autoridades.

Para gestionar esta tarjeta se debe presentar lo siguiente: 

  1. Foto tamaño cédula en blanco y negro.
  2. Copia del Documento Personal de Identificación -DPI- del Registro Nacional de las Personas (Renap).
  3. En el caso que el solicitante sea menor de edad deberá presentar fotocopia de certificado de nacimiento extendido por Renap.
  4. Resultado de exámenes de detección de sífilis y enfermedades de transmisión sexual((Venereal Disease Research Laboratory o en español Laboratorio de Investigación de Enfermedades Venéreas -VDRL-).
  5. Exámenes de hepatitis A
  6. Resultado de los exámenes de heces y orina.

Esto documentos deben de presentarse en cualquier centro de salud del país y son autorizadas por el MSPAS. El tiempo que se tiene estipulado es de 24 a 48 horas después de ingresar la solicitud, según explican autoridades sanitarias. Este trámite se lleva a cabo en forma gratuita.

Los pasos a seguir

  1. El usuario se presenta a recepción con la papelería e indica su requerimiento.
  2. Si ya cuenta con resultados de laboratorio procede ser analizada la documentación.
  3. De no contar con los resultados de laboratorio, se presenta a recepción con la papelería e indica su requerimiento, la recepcionista llena ficha clínica, se procede a darle número para pasar a preconsulta, posteriormente es evaluado por el médico de consulta externa quien le entrega orden de laboratorios.
  4. Posteriormente es evaluado por el médico de consulta externa quien de acuerdo a la evaluación física y lectura de resultados autoriza extenderle Tarjeta de Salud.
  5. Secretaría revisa la autorización brindada por el médico para la elaboración de Tarjeta de Salud.
  6. Coordinador del establecimiento de salud firma y sella, la tarjeta de salud
  7. Tarjeta de Salud es entregada a usuario en el área de secretaria.

Constancia de manipulación de alimentos 

 

Este es un documento sanitario que certifica que la persona “es apta para laborar en el área de alimentos. Es de carácter obligatorio”.

Lo rige el Decreto 90-97, Código de Salud. Además, “el Acuerdo Gubernativo 969-99, Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos Normativa 002-99 Norma Sanitaria para la Autorización y Control de Establecimientos Fijos de Alimentos Preparados. Acuerdo Gubernativo 249-2002”, según el MSPAS.

Los requisitos para obtenerla son los siguientes

  1. Tarjeta de salud. Si no la tiene debe tramitarla antes.
  2. Fotocopia del DPI
  3. Fotografia tamaño cédula
  4. Charla de manipulación de alimentos

Los pasos a seguir

    1. Usuario solicita Constancia de Manipulación de Alimentos (llena solicitud)
    2. Usuario se acerca en la unidad de Saneamiento Ambiental para inscripción y asignación de fecha, hora y lugar de la charla de manipulación de alimentos.
    3. Charla sobre manipulación de alimentos  (13 a 14.30 horas)
    4. Recepción de copia de DPI y fotografía tamaño cédula por parte del Inspector de Saneamiento Ambiental
    5. Se emite  Constancia y  se traslada a Dirección para firma y sello.
    6. Registro de Cosntancia de Manipulación de Alimentos en libro de control de la Sección de Sanemiento Ambiental
    7. Entrega de la Constancia de Manipulador de Alimentos

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ESCRITO POR:

Raúl Barreno Castillo

Periodista de Prensa Libre especializado en temas de seguridad y justicia con 25 años de experiencia.