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“No podemos cerrar ninguna institución”: Qué dijo Edwin Asturias sobre la apertura de actividades en alerta roja

A partir de octubre, los guatemaltecos se enfrentarán a una nueva fase en busca de la nueva normalidad, pues el estado de Calamidad por el coronavirus llega a su fin, así como otras restricciones.

Bares, cines, teatros, gimnasios y otros establecimientos que permanecieron más de seis meses cerrados podrán abrir a partir del 1 de octubre bajo las condiciones establecidas por Salud. (Foto de referencia: Unplash)

Bares, cines, teatros, gimnasios y otros establecimientos que permanecieron más de seis meses cerrados podrán abrir a partir del 1 de octubre bajo las condiciones establecidas por Salud. (Foto de referencia: Unplash)

El Gobierno de Alejandro Giammattei no solicitará la ampliación del estado de Calamidad, vigente desde febrero último, con el que se buscaba reducir contagios de coronavirus mediante restricciones de movilidad.

Con la finalización del referido estado de excepción, las disposiciones presidenciales que se anunciaban cada semana, como el toque de queda, también quedarán sin efecto.

El Ministerio de Salud publicó ayer el Acuerdo Ministerial 229-2020, con el que se establece que a partir del 1 de octubre todos los establecimientos comerciales como bares, cines, teatros, gimnasios, iglesias y otros podrán abrir. La ley seca permanecerá vigente de 21 horas a las 6 horas del día siguiente. 

Sin embargo, como lo establece el Sistema de Alertas implementado por Salud y la Comisión Presidencial para Atención a la Emergencia por el Covid-19 (Coprecovid), en cada municipio hay ciertas restricciones de aforo, según el nivel de alerta que se tenga de acuerdo con el número de contagios.

Edwin Asturias, director de la Coprecovid, y la ministra de Salud Amelia Flores brindaron este miércoles 30 de septiembre una conferencia de prensa en la que se aclararon algunas dudas respecto a la nueva apertura en el país.

Asturias explicó que, debido a que ya no se implementará el estado de Calamidad, las autoridades ya no podrán restringir garantías y derechos constitucionales.

El director de la Comisión hizo referencia a los artículos 5, 26, 33, 36 y 43 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que establecen los derechos de libertad de acción, locomoción, reunión, industria, comercio y trabajo.

“No podemos cerrar a ninguna institución u organización, pero sí es permitido que el Ministerio de Salud dicte los aforos para los establecimientos”, detalló Asturias, quien resaltó que, en la mayoría de ellos, en cuya alerta municipal esté en rojo, la capacidad máxima es de 10 metros cuadrados por persona.

En el caso de municipios bajo alerta naranja en el Sistema de Alertas, la capacidad es de 6 metros cuadrados por persona.

Además, el Ministerio de Salud ha limitado el número de personas máximo que puede permanecer en un negocio, con el objetivo de prevenir aglomeraciones.

Asturias resaltó que autoridades de Salud y Trabajo podrán llevar a cabo inspecciones en cualquier tipo de comercio, industria o empresa, pero es importante que la población cumpla con las normas sanitarias y denuncie cuando vea un caso de incumplimiento.

ESCRITO POR:

Miguel Barrientos

Periodista de Prensa Libre especializado en periodismo digital y multimedia con 15 años de experiencia.