Mingob publica reglamentos de qué vehículos deben contar con seguro obligatorio y las sanciones por incumplir
El Ministerio de Gobernación publicó reglamentos que establecen qué vehículos deberán contar con seguro obligatorio.

En el 49 por ciento de los percances viales se involucraron motoristas, según estadísticas de la PNC.( Foto Prensa Libre EFE)
El Ministerio de Gobernación (Mingob) publicó este lunes 17 de marzo en el Diario Oficial cuatro acuerdos gubernativos para la contratación del seguro obligatorio para motocicletas, vehículos particulares, transporte urbano de pasajeros y vehículos de carga.
La referida cartera otorga un plazo de 45 días para que entren en vigor los cuatro acuerdos gubernativos.
El seguro al que se refieren los reglamentos tiene que cubrir todas aquellas lesiones o muertes que produzcan los vehículos mencionados a terceros y ocupantes.
Según los reglamentos, el objetivo es desarrollar la obligación de todo propietario de los mencionados vehículos de contratar y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes para indemnizar por muertes o lesiones a las personas que sufran dicha situación como resultado de un hecho de tránsito.
El Mingob a través de la autoridad de tránsito de la Policía Nacional Civil o las municipalidades con competencia por delegación para la administración del tránsito, velará por el cumplimiento de estos.
Las obligaciones y sanciones no eximen de las responsabilidades administrativas, civiles y penales en las que pueda incurrir el propietario y conductor del vehículo, como consecuencia de los hechos de tránsito en los que se vean involucrados.
Los propietarios de los referidos automotores tienen la obligación de contratar y mantener vigente el seguro.
Por muerte a terceros y ocupantes es una indemnización por persona afectada de 50 salarios mínimos mensuales (unos Q198 mil).
La unidad de indemnización que se utilizará es la del salario mínimo para actividades no agrícolas (Q3 mil 973.05).
Indemnizaciones
A continuación, algunas de las indemnizaciones que tiene que cubrir el seguro.
Motos
- En el caso del reglamento para las motocicletas es para las identificadas con la placa de circulación “M”
- Por lesiones leves la indemnización será entre uno y 15 salarios mínimos (unos Q59 mil)
Vehículos particulares
- El reglamento aplica para los vehículos con la placa de circulación P.
- En el caso de lesiones graves por un accidente la indemnización será entre los 35 o 50 salarios mínimos (Entre Q139 mil y Q198 mil).
Transporte urbano de pasajeros
- Transporte urbano de pasajeros con o sin remuneración. Por pérdida de una mano, de un pie o su discapacidad permanente, la indemnización será de 40 salarios mínimos (Q158 mil).
Transporte de carga
- Aplica para el transporte de carga identificado con la placa de circulación con la letra “C”. Este reglamento aplica a los que superan la capacidad de carga de tres toneladas.
- En este caso por invalidez total y permanente la indemnización debe ser de 50 salarios mínimos (Q198 mil).
Multas por incumplir
- Los reglamentos explican cuál será la multa para los propietarios o conductores que no cumplan con el seguro.
- Para los motoristas que no cumplan con la obligación del seguro y que sean sujeto de un hecho de tránsito, la multa será de Q2 mil, en el caso de los vehículos particulares la multa será de Q3 mil 200.
- Los propietarios y pilotos del transporte urbano de pasajeros que no cumplan con la obligación del seguro y que sean sujeto de un hecho de tránsito, la multa será de Q15 mil, el mismo monto aplica para el transporte de carga que incumpla.