Comunitario
Mineduc insistirá en la publicación del borrador del pacto colectivo del magisterio
Según Anabella Giracca, ministra de Educación, aún hay dos recursos que la CSJ debe resolver sobre la confidencialidad del pacto colectivo que se discute con el STEG.
En la sede del Mineduc se discute todos los miércoles el pacto colectivo del magisterio con el Steg y representantes del ministerio. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)
Luego de que la Corte de Constitucional (CC) se abstuviera de dar respuesta a la opinión consultiva que hizo en mayo el presidente Bernardo Arévalo sobre la confidencialidad del pacto colectivo del magisterio, la ministra de Educación, Anabella Giracca, dice que están a la espera de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resuelva de manera definitiva otros dos recursos para establecer la ruta a seguir sobre la publicación del borrador del acuerdo.
“Hemos solicitado en varias ocasiones que se haga público. Ahora estamos esperando dos resoluciones más para tener allí la respuesta. En el momento en que nos indiquen que lo publiquemos, lo haremos inmediatamente”, dijo Giracca, y que deben “acatar” la resolución de las cortes.
Puntualizó en que el tema de la reserva se limita al borrador del pacto colectivo, no así a las actas en las que se plasma la discusión de cada una de las reuniones que se han sostenido desde el pasado 6 de marzo con los representantes del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), entre ellos Joviel Acevedo.
Dichos documentos los han entregado a quienes los piden al Mineduc a través de una solicitud de acceso a la información pública, pues “es un ejercicio público que no se puede ocultar”, refirió.
Según Giracca, el borrador del pacto colectivo que les fue entregado es un “documento corto”, y este contiene las demandas de los sindicalistas, y eso es lo que se discute en cada reunión.
En las actas a las que Prensa Libre tuvo acceso en julio pasado se constata las veces que los representantes del Mineduc han insistido en hacer público el borrador del pacto colectivo, y la negativa de los sindicalistas por darlo a conocer a la población.
A criterio de la ministra se ha avanzado un 50% en la discusión de los artículos, y los acuerdos que se han alcanzado son específicamente sobre temas laborales, como los descansos y licencias para los sindicalistas.
“Lo que nos corresponde a través de la negociación del pacto colectivo es recuperar la rectoría del Ministerio de Educación, que se negocien los temas que son eminentemente laborales”, agregó Giracca, quien insiste en que se haga público el borrador, en un acto de transparentar el proceso y el documento en que plasmarán los beneficios y las obligaciones del magisterio del sector público para los próximos años.
Recursos por resolver
Según el Mineduc, de momento la CSJ está pendiente de resolver dos acciones legales en torno al secretismo del pacto colectivo de Educación. El primero es una apelación contra la suspensión de un amparo presentado por los abogados Javier Urízar Montes de Oca, Edgar Gustavo Roberto Lima Muñoz y José Javier Gálvez Hernández.
La otra es un recurso de revisión realizado por el Movimiento Cívico Nacional (MCN) alrededor de una acción de amparo que también busca levantar la confidencialidad.
Por medio de un comunicado, MCN solicita a las autoridades competentes que "aseguren y cumplan con la transparencia y máxima publicidad de los actos de gobierno", entre ellos, la negociación del pacto colectivo de Educación.
Resolución de la CC
La CC se abstuvo de responder a la opinión consultiva realizada por Arévalo, y la resolución la publicó el 7 de agosto pasado.
Eran tres preguntas las que el presidente de la Republica solicitó se resolvieran referentes a la publicad de los actos públicos administrativos, que se establece en el artículo 30 de la Constitución Política de la República. Sin embargo, la CC evitó pronunciarse “puesto que el cuestionamiento no es estrictamente constitucional”.
- La primera consulta era si un sindicato o comité ad-hoc de trabajadores del Estado, cuando son sujetos de negociación colectiva laboral y proyecto de normación colectiva tienen relación con la superación de las garantías y derechos mínimos que impactan en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. ¿Puede ser considerado como particular al tenor del artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala?
- El segundo planteamiento era si por las relaciones de cooperación y coordinación que rigen a las entidades de la administración pública. ¿Puede el órgano integrante del Organismo Ejecutivo que recibe un dato o documento bajo garantía de confidencialidad en un proceso de negociación colectiva laboral, según el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, compartir la misma con otro órgano del Organismo Ejecutivo u otra entidad pública que requiera la misma, por tener relación con su rectoría sectorial, competencia o atribuciones constitucionales legales?
- La tercera interrogante hacía referencia a la totalidad del contenido de los documentos que contengan proyectos de normación colectiva laboral, entre las entidades del Estado de Guatemala y Sindicato o Comités Ad-Hoc, ¿pueden considerarse como información susceptible de ser protegida por la garantía de confidencialidad que establece el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala?