En primer lugar, se informó que las presentes reformas tienen vigencia hasta el 11 de septiembre de 2021, “salvo modificaciones o reformas”.
De acuerdo con lo dispuesto por el Ejecutivo, las modificaciones están enfocadas a las compras y contrataciones para hacer frente a la contingencia del alza de casos del covid-19 en el país, por lo que se debe usar para ello, la plataforma de Guatecompras.
“El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, así como el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en aplicación del Decreto Gubernativo Número 6-2021, están autorizados para realizar las compras o contrataciones de bienes, obras, servicios y suministros exclusivamente para la prevención, diagnóstico y tratamiento de la emergencia sanitaria originada por el virus identificado como SARS-Cov-2 y sus variantes que origina la enfermedad covid-19″, dice la modificación.
La contratación está enfocada en los aspectos como la contratación de recurso humano, medicamentos, equipo hospitalario, insumos de laboratorio, servicios hospitalarios, adquisición de oxígeno, equipo médico quirúrgico, fórmulas, equipo de protección personal, así como lo referente a la publicidad.
Las nuevas disposiciones también enfatizan en la vigencia del toque de queda: “Es importante recordar a la población que estas reformas se suman a las ya dictadas el 13 de agosto en el Decreto 6-2021 y que el toque de queda sigue vigente en el horario ya establecido de 22 horas de un día, a las 4 horas del día siguiente”, dice la disposición.
La Presidencia anunció este sábado que el mandatario Alejandro Giammattei se reuniría con sus ministros ante la falta de aprobación del Congreso de la República al estado de Calamidad.
La suspensión de la sesión en el Congreso este viernes creó posturas encontradas entre los diputados: en tanto la oposición aseguraba que el estado de Calamidad había vencido en los tres días posteriores al decreto del Ejecutivo, el oficialismo y la Presidencia sostenían que el estado de Calamidad continuaba vigente.
En el transcurso de la tarde de este sábado, la Corte de Constitucionalidad comunicó que habían decido respaldar el acuerdo gubernativo, por lo que el estado de Calamidad seguía vigente.
“Censura a la vista”
En las nuevas disposiciones se enfatiza en que los “medios de comunicación y difusión están obligados a evitar las publicaciones que puedan causar confusión o pánico o agraven la situación”.
Ante esta situación, los medios deben “asumir las responsabilidades que de ello deriven”, dice el texto.
Este apartado es visto por la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) como una “censura a la vista”.
“Limitar la libertad de prensa y de expresión de los medios de comunicación excusándose en un estado de Calamidad que no ha sido aprobado violenta la Constitución, conlleva censura y promueve una dictadura”, dijo la entidad en un comunicado.
“El artículo 35 de la Constitución debe prevalecer”, agrega la PDH.