La Corte-IDH, en un comunicado, señaló que “encontró al Estado de Guatemala responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la libertad de expresión, la igualdad ante la ley y a participar en la vida cultural, en perjuicio de los pueblos indígenas maya” kaqchikel, achí y mam.
Explicó que “tales violaciones ocurrieron principalmente” porque el “marco regulatorio” de la radiodifusión en el país “impidió, en la práctica, que estas comunidades indígenas pudieran operar legalmente sus radios comunitarias”.
“La Corte determinó que, la forma por la cual se encuentra regulada la radiodifusión en Guatemala consiste en una prohibición de facto, casi absoluta, al ejercicio del derecho a la libertad de expresión de los pueblos indígenas”, añadió.
De acuerdo con la sentencia, las radios “Ixchel” y “Uqul Tinamit La Voz del Pueblo”, en el oeste y norte del país, respectivamente, fueron allanadas en 2006 y 2012 por “autoridades estatales como resultado de órdenes judiciales dictadas en el marco de procesos penales”.
“Sus equipos de transmisión fueron confiscados y algunos de sus operadores, miembros de las respectivas comunidades, fueron procesados criminalmente”, señaló el texto.
La Corte-IDH detalló que las acciones fueron violatorias a los derechos de los pueblos indígenas en los municipios de Sumpango, Cajolá, Todos Santos Cuchumatán (oeste) y San Miguel Chicaj (norte).
Entre las “medidas de reparación”, la Corte-IDH ordenó “reservar a las radios comunitarias indígenas parte del espectro radioeléctrico” y “abstenerse inmediatamente de (…) allanar dichas radios y aprehender sus equipos de trasmisión”.
“En Guatemala, se encuentran un aproximado de 424 emisoras de radio licenciadas en frecuencia FM y 90 en frecuencia AM, de las cuales, una es emisora comunitaria indígena. Por otro lado, existen diversas radios comunitarias operadas por pueblos indígenas que no cuentan con licencia del Estado para su funcionamiento”, indicó la Corte.
En Guatemala, un país de casi 17 millones de habitantes, los indígenas representan un poco más del 40%, aunque representantes de los pueblos nativos afirman que son el 65%.
Sentencia histórica
Cristian Otzin, representante de las organizaciones indígenas, señaló en conferencia de prensa que esa sentencia es histórica y que sienta un precedente en la lucha por la libertad de expresión.
“Es una sentencia histórica donde se condena al Estado de Guatemala por la violación sistemática al derecho de libertad de expresión de los pueblos indígenas. Una batalla legal que inicia en el 2011 ante la Corte de Constitucionalidad, donde se denuncia el contenido discriminador y racista de la ley general de telecomunicaciones”, señaló Otzin.
“Las radios comunitarias han tocado puertas de funcionarios y funcionarias, pero no se ha tenido respuesta”, agregó.
Un cofrade de San Miguel Chicaj, Baja Verapaz le exigió al Gobierno que cumpla y repare los daños causados a las comunidades, pues por medio de la radio “Uqul Tinamit La Voz del Pueblo” ellos transmitían las costumbres y tradiciones, pero debido a la persecución penal esa tarea fue interrumpida después de 12 años de trabajo.