A menos que exista una prórroga de esta disposición es predecible que no será posible dar cumplimiento a este artículo y que los generadores de basura continúen deshaciéndose de sus residuos como o han hecho siempre: revueltos.
Vecinos expresan que hasta el momento nadie, ni alguna autoridad o los recolectores de basura, les ha notificado de tal obligación. De hacerlo alguna autoridad, tendría que informar el procedimiento a utilizar y las clasificaciones especificadas para clasificar la basura.
El artículo 12 del Reglamento dice que todas las personas “individuales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras” que produzcan residuos o desechos sólidos “deberán separarlos al momento de su generación”.
El artículo 64 de la norma dice que a partir de la fecha de publicación del acuerdo gubernativo, que fue el 10 de agosto de 2021, “los entes sujetos a las disposiciones del presente Reglamento tendrán un plazo de 24 meses para ajustarse a estas y cumplir con sus obligaciones”.
Otras normas por cumplir
Sin embargo, el Reglamento también habla de una serie de disposiciones con las que deberían cumplir las municipalidades, así como las empresas que se dedican a la recolección, clasificación, reciclaje y cualquier otro tratamiento que se pretenda dar a los residuos.
Estas, consideradas de primer mundo, se prevén mucho más complicadas de cumplir.
Del artículo 14 al 16 regula los espacios destinados al almacenamiento temporal de la basura, así como las estaciones de transferencia de los residuos, que en general deben estar aislados por medios físicos de las áreas de habitación, comercio o cualquier otra actividad humana de concurrencia, tener fácil acceso y estar construidas a distancias específicas a los cuerpos de agua cercanos.
Del 17 al 19 habla de los vehículos recolectores de basura y, entre otros requerimientos, dice que su carrocería debe estar construida con materiales sólidos, resistentes a la corrosión. Tienen que garantizar la hermeticidad para que no haya derrames de lixiviados —líquidos contaminantes que circulan en la basura—; además, garantizar el transporte separado de los residuos.
Señala, que la recuperación de residuos para ser reciclados debe llevarse a cabo en terrenos estables que no estén en riesgo de inundaciones o deslaves, y que tiene que contar con barreras físicas para aislar el terreno de los alrededores, y barreras naturales para dispersar olores.
Del artículo 28 al 35 el Reglamento regula el tratamiento de los desechos sólidos comunes lo cual podrá hacerse por medio de la incineración o la reducción mecánica del volumen o de su tamaño.
Dice que la incineración de los desechos sólidos comunes debe ocurrir dentro de las primeras 24 horas a partir de su recepción en la planta, y que la temperatura debe estar arriba de 900 grados centígrados.
La norma también dicta la obligación de que todo el personal que tenga que ver con en el manejo de la basura debe estar inmunizado contra la hepatitis B, el tétanos y la rabia, y contar con áreas de vestidores, duchas y descanso, separadas de donde se procesen los residuos.
Qué dice el Marn
El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn) afirma que junto con “aliados públicos y privados” han impulsado procesos de divulgación, sensibilización y capacitación del Reglamento, por lo cual “no se considera una ampliación” de plazo de adaptación contemplado en el artículo 64.
“Los plazos deben cumplirse, según la norma”, respondió la oficina de Comunicación del Ministerio, que también destacó que posterior a ser publicada la normativa se efectuó una gira presidencial donde se presentó a los alcaldes.
No obstante, reconoció que la socialización y sensibilización de la población para que implemente las obligaciones que se especifiquen en la norma han sido “uno de los principales retos”. Añadió será hasta que se venza el plazo cuando se haga el análisis de su cumplimiento.
El Marn verifica el cumplimiento del acuerdo, aseveró la oficina de Comunicación, y desarrolla procesos de capacitación principalmente a las municipalidades que tienen “la responsabilidad del cumplimento del Reglamento, en especial sobre el tema de clasificación”.
Pedirán prórroga
El alcalde de Salcajá, Quetzaltenango, Miguel Ovalle, considera que al pasar las elecciones el resto de los jefes ediles se unirá para pedir al Marn una prórroga del plazo de adaptación, lo cual no descarta dado la “sintonía” que hay entre la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) y el Gobierno.
Ovalle calcula que el 80% de las municipalidades, en especial de la provincia, no podrán cumplir con los requerimientos del Reglamento porque “no existen plantas de tratamiento de residuos sólidos”. “Cuando bien les va, hay una disposición final de desechos controlada, pero en muchos municipios solo llenan barrancos”, señaló el alcalde de Salcajá, también expresidente de al Anam.
Alex Guerra, director Instituto Privado de Investigación de Cambio Climático
Al hablar de la concientización a los vecinos, expuso que en su municipio separan los desechos desde hace más de un año, pero en el resto pareciera que no. Además, se lamentó de que el Marn no les apoye en habilitar un espacio para depositar los residuos ya separados porque al final terminan mezclándolos.
Por lo menos durante la campaña electoral, dice Ovalle, los alcaldes no abordarán el problema porque es álgido y temen que sus rivales políticos puedan tergiversarlo, por lo cual seguirá como “un tema secundario”.
El presidente de la Anam, Alexis Quevedo, no respondió a una solicitud de comentarios.
Se necesitan campañas de divulgación
Alex Guerra, director general del Instituto Privado de Investigación sobre Cambio Climático, coincide en que para agosto la sociedad en general no podrá cumplir con el Reglamento y por lo tanto se solicitará una prórroga al Marn.
Aunque la norma es positiva porque se habla de un enfoque más integral, Guerra señala que “no se ha dado a conocer el acuerdo, no se le ha dado divulgación y mucha gente desconoce que existe y que hay que cumplirlo”.
En caso de haber una prórroga “ojalá no sea por mucho tiempo y se use para darle mayor divulgación al Reglamento y que se empiece a implementar”, comenta Guerra, porque si no, “todo se va a relajar” y pasará lo mismo que con el Reglamento de las descargas y reúsos de aguas residuales que, a solicitud de alcaldes, se ha ampliado una y otra vez la entrada en vigor del artículo que les obliga a tratar sus aguas.
Enfatizó en que debe haber una gran campaña de divulgación para que la gente separe sus desechos, pero también hacer cumplir el resto de la normativa porque mucha gente piensa “de qué sirve que separe la basura si en el camión lo juntan todo otra vez”.
Miguel Ovalle, alcalde de Salcajá y expresidente de Anam
“La separación es un bue paso, pero sin el resto del sistema integrado mucha gente no le ve sentido”, subrayó.
Por su parte, el sector privado confía en que si podrán cumplir con lo que dicta el Reglamento. De hecho, afirman que desde hace 10 años llevan a cabo programas de beneficio ambiental. Dentro de los compromisos ambientales del sector empresarial figura “gestionar los residuos y desechos generados de su actividad industrial” y ese punto “se ha atendido muy bien”, afirman Mellany Díaz, directora ejecutiva del Sector Guatemalteco de Plásticos.
No obstante, Díaz considera que en el resto de los sectores involucrados no se ha vista “tanta reacción como para cumplir” con el Reglamento, pero confía en que puedan darse pasos importantes antes del 11 de agosto, aunque, dijo, es una “posibilidad alta” que se amplíe el plazo de adaptación.