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El 10 de enero cambiarán los requisitos de ingreso a Guatemala para viajeros nacionales y extranjeros

El Instituto Guatemalteco de Migración solicitará a los viajeros extranjeros prueba negativa de PCR o antígeno y carné de vacunación, mientras que para los nacionales uno de los dos requisitos.

El Aeropuerto Internacional La Aurora mantiene medidas de prevención por el covid-19. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

El Aeropuerto Internacional La Aurora mantiene medidas de prevención por el covid-19. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

A partir del próximo lunes 10 de enero las autoridades guatemaltecas estarán solicitando pruebas negativas de covid-19 (PCR o antígeno) y/o carné de vacunación para las personas que deseen ingresar al país, aunque estos requisitos varían para extranjeros y guatemaltecos.

Estos requisitos fueron implementados por el Ministerio de Salud pública en la onceava actualización del lineamiento nacional para la prevención del covid-19 para viajes internacionales hacia Guatemala, según una circular del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, del 27 de diciembre de 2021.

Las nuevas disposiciones en el caso de viajeros internacionales hacia Guatemala son con el objetivo de prevenir la propagación de la variante ómicron, la cual se ha esparcido en más de 89 países.

Stuard Rodríguez, director General de Migración, informó que en el caso de los viajeros internacionales que quieran ingresar al país, a partir del 10 de enero de 2022, deberán presentar prueba negativa de covid-19 (PCR o antígeno) y carné de vacunación completa.

Agregó que los guatemaltecos, cuerpo diplomático y residentes temporales y permanentes en Guatemala podrán presentar la prueba negativa de covid-19 (PCR o antígeno) o el carné de vacunación con esquema completo.

En el caso de los carné y constancias de vacunación, los visitantes nacionales y extranjeros deberán demostrar que la última dosis administrada, en personas mayores de 12 años, es de 2 semanas antes al arribo.

Los que presenten constancia de prueba negativa (antígeno o PCR) esta debe ser de un laboratorio certificado en su país. La prueba deberá ser en el marco de los tres días anteriores al vuelo, siendo el primer día el de la fecha de la realización de la prueba y el tercero el día en que se realice el chequeo en la aerolínea.

Los pasajeros que por diferentes motivos no tengan ninguno de los dos requisitos anteriormente mencionados deberán realizar la prueba para detectar el covid-19 a su arribo al laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud disponible en la terminal aérea y si resulta positivo serán reportados a la Unidad de Vigilancia del Aeropuerto del Ministerio de Salud y se procederá a establecer las acciones correspondientes (evaluación, clínica, instalación de aislamiento, identificación de contactos, entre otros).