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Ven seis operaciones para sacarle provecho a la Ley de Leasing

Ejecutivos identifican alternativas que se podrían utilizar para las empresas y personas individuales.

Equipos de trabajo de última tecnología son aplicables para arrendamiento por leasing para las empresas.

Equipos de trabajo de última tecnología son aplicables para arrendamiento por leasing para las empresas.

La vigencia de la ley de leasing o arrendamiento en Guatemala está comenzando a generar un auge en los agentes económicos y el interés por conocer este instrumento de apoyo por los usuarios.

La normativa establece un marco legal para este tipo de operaciones que cobró vigencia en junio pasado; a semanas de ponerse en marcha existe una apertura de las empresas y personas individuales.

Hermann Girón, presidente de la Cámara de Finanzas de Guatemala (CFG), y Fernando Basterrechea, presidente de la Gremial de Leasing –adscrita a la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) –, brindan un panorama de como las empresas pueden hacer uso de este instrumento financiero que ya está disponible.

A decir de los ejecutivos estás son las seis operaciones de leasing que se podrían utilizar para las empresas y personas individuales:

  1. Leasing financiero con opción a compra: Contrato por medio del cual se plantea la forma de pago, el plazo y principalmente la Opción de Compra del activo.
  2. Leasing operativo: Contrato por medio del cual NO se establece la opción de compra, pero el cliente puede: devolver los equipos y obtener uno nuevo; ampliar el plazo del contrato; o adquirirlo a precio de mercado, que funciona ideal mejor para inversiones en tecnología.
  3. Lease back: Contrato por medio del cual una empresa puede convertir sus activos depreciados en liquidez y utilizarlo como capital de trabajo (activos Improductivos financieramente).
  4. Leasing financiero habitacional o de vivienda: Modelos de negocios con proyectos que vayan más allá de proyectos inmobiliarios, a ser proyectos urbanísticos.
  5. Leasing financiero Habitacional o de vivienda de interés social: Modelo de negocio que posibilita a las personas de la economía informal el acceso a Vivienda Digna.
  6. Leasing financiero inmobiliario: Permite financiar activos como ofibodegas, bodegas, locales comerciales y oficinas, sean estos nuevos o usados.

Ocho razones de ventajas

Los consultados enumeran una serie de ventajas para utilizar el leasing para las empresas y personas individuales:

  1. Dependiendo de las condiciones y características propias de la empresa y su riesgo, así como el valor del bien en el mercado secundario, se puede financiar de hasta el 100% del valor mismo.
  2. Las cuotas pueden ser flexibles y ajustadas a la estacionalidad del negocio.
  3. Conservar y administrar mejor su efectivo: Esto significa utilizar la liquidez para invertir en el giro propio del negocio como materia prima, imprevistos, entre otros; recuerdan que las empresas quiebran -en ocasiones- por liquidez y no por utilidades.
  4. Beneficios fiscales: Las rentas son 100% deducibles del impuesto sobre la renta.
  5. Mejora el balance: A menor deuda, proporciona más opciones de financia.
  6. Venta y arrendamiento posterior de activos que posee: Obteniendo liquidez mediante activos improductivos financieramente.
  7. Mejora su ventaja competitiva con la última tecnología, eficiencias o capacidad.
  8. Evita la obsolescencia: Esta libre de equipos obsoletos al final del plazo.

Instrumento

Girón resalta que la Ley de leasing -que es una normativa específica- va más allá que el Código de Comercio, ya que ofrece un marco legal que dote la seguridad jurídica la forma en que se llevan a cabo las operaciones.

Establece los actores y el tratamiento fiscal, como objeto de fomentar la inversión y establecer los mecanismos de acceso a crédito, sobre todo para las pequeñas y medianas empresas.

Finalmente, consideró que en el leasing no existe el “enganche”, la operación en marcha es lo calificable, y quedan en garantía los bienes objeto a arrendamiento.

Reacciones

El presidente de la CFG declaró que “definitivamente hay un auge en tanto la oferta como la demanda para el contrato de leasing, principalmente vemos que ahora con las ofertas en torno al bono 14, la cantidad de bienes que pueden adquirirse a través de las distintas modalidades de arrendamiento financiero resuelta muy atractivo para los consumidores pues tiene más y mejores opciones de financiamiento.

Basterrechea, subrayó que, con relación al sistema financiero, “totalmente positivos y han mostrado gran apertura”.

Expresó que la razón principal es que brinda mayor certeza jurídica a las operaciones de financiamiento y al proceso de recuperación de bienes; asimismo, lo han visto como un producto financiero adicional a ofrecer a sus clientes y empresas.

Recordó que, en Estados Unidos, el 80% de la adquisición de bienes son por leasing, pero en Guatemala no logra ni 5% de la cartera total.

En tanto, que las empresas arrendatarias, es otra fuente de financiamiento, con mayores beneficios de generación de liquidez, costos financieros menores y reitera mayores beneficios fiscales.

Para el sector habitacional, brinda la opción de poder ofertar viviendas dignas a las personas de la economía informal y formal de bajos recursos, mejorando la calidad de vida, a su vez el efecto rebote en la generación de empleo, reactivando la economía y disminuyendo el déficit habitacional.

Con las empresas arrendadoras, al convertirse en asesores financieros de las empresas y sistema financiero, y no solo de tramitadores de créditos.

Recalcó que todo tendrá un efecto positivo, contribuyendo al desarrollo económico del país, al ampliar las opciones de financiamiento en todos los sectores, y en especial a las pequeñas y medianas empresas al facilitarles financiar bienes generados de renta sin tener que erogar cantidades de sus recursos para adquirirlos.

Reiteró que para que tenga un impacto en Guatemala se requiere “educación financiera”, tanto al sistema financiero o sea entidades bancarias; los arrendatarios empresas, y las arrendadoras, sobre beneficios del leasing, los cuales son:

  • Generador de liquidez: Disponibilidad de capital de trabajo, permitiendo a las empresas destinar fondos de inversión al giro propio de la empresa, sin descapitalizarse y mejorando su rentabilidad.
  • Flexibilidad: Las rentas se pueden adecuar a la estacionalidad del giro del negocio.
  • Obsolescencia tecnológica: Hace más competitivas a las empresas al reemplazar el equipo obsoleto, permitiéndoles mantenerse a la vanguardia.
  • Fiscal: Las operaciones de leasing, promueven la actividad productiva, comercial y la recaudación fiscal.

¿A futuro?

Ambos dirigentes gremiales son optimistas de los resultados que se pueden obtener en el corto plazo en el mercado financiero.

Por ejemplo, Girón destaca que “a medida que la figura siga tomando vuelo, veremos más oferentes en calidad de arrendantes y mejores opciones para los consumidores y la pequeña y mediana empresa, que es el principal sector beneficiario con los contratos de leasing”.

Fernando Basterrechea, presidente de Gremial de Leasing

Fernando Basterrechea, presidente de Gremial de Leasing

“El crecimiento puede ser exponencial como funciona en países con economías desarrolladas; todo lo anterior, estaría sujeto a la promoción y divulgación de los beneficios de la Ley, y por medio de la educación financiera en todos los sectores”

“El mercado financiero se irá acomodando y volviendo más competitivo; también veremos una mayor profesionalización en el Registro de Garantías Mobiliarias y la mayor eficiencia de la SAT en términos de su fiscalización”, pronosticó.

Basterrechea, enfatizó que se espera que tanto compradores como vendedores vayan conociendo la figura y la estructuración de operaciones innovadores para aplicar en las diferentes industrias.

Recordó que la cartera crediticia a diciembre del 2020 fue alrededor de Q205 mil millones, pero se estima que la cartera de leasing posee una cartera de Q10 mil millones, que significa el 4.9% de la cartera total.

Con la nueva ley, proyectan que crezca 50% en el primer año, o sea Q15 mil millones, para que suba la cartera a 7.5%.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.