La suspensión de operaciones durará hasta que haya una resolución definitiva en torno al amparo, para lo cual no hay plazo, y será el próximo jueves 25 de julio que se lleve a cabo la vista pública en la Corte de Constitucionalidad, donde los magistrados escucharán a las partes involucradas.
Este proceso empezó cuando líderes de la Gremial de Pescadores Artesanales de El Estor presentaron un amparo ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el año pasado y los jueces no lo otorgaron, por lo tanto, acudieron a la CC en marzo del 2019, y fue el pasado 18 de julio que el pleno decidió suspender de manera temporal mencionada licencia minera.
Daño colateral
Las posiciones son encontradas respecto a este caso, por un lado, la petición de las comunidades al derecho de consulta y por el otro las consecuencias económicas que genera la decisión de la máxima corte del país.
En ese sentido, la Compañía Guatemalteca de Niquel (CGN) publicó un comunicado donde afirma que son respetuosos de las leyes guatemaltecas y aseguran que en el 2005 se llevó a cabo la consulta comunitaria y su actualización en el 2018, en la que se propició el diálogo y se alcanzaron acuerdos entre las comunidades y la empresa.
Sin embargo, con la decisión de la CC la compañía proyecta que se verán afectados más de tres mil empleos, poniendo en riesgo la economía de los propios colaboradores, así como los gobiernos local y central, citó el documento.
Además, afirman que han pagado unos Q500 millones por concepto de impuestos al gobierno de Guatemala. “Hemos cumplido con las normas y estándares internacionales de ambiente, calidad, seguridad y salud ocupacional. Cumpliendo a cabalidad con el marco de sostenibilidad social y ambiental”, refirió el comunicado.
Alfredo Gálvez, vocero de la Gremial de Industrias Extractivas adscrita a la Cámara de Industria de Guatemala manifestó que recibieron con sorpresa la decisión de la CC porque se tenía programada una audiencia el pasado 16 de julio y fue suspendida, luego se otorga el amparo sin escuchar a las partes.
“La corte nuevamente está actuando de manera prepotente, y con esta decisión están aniquilando al sector. Esto puede ser un ataque sistemático a toda la industria y no solamente a este sector, también las hidroeléctricas están en la misma condición, parece un movimiento para paralizar la economía del país”, manifestó Gálvez.
El empresario aclaró que es la extracción de níquel la que queda en suspenso, pero si la empresa posee en sus bodegas mineral que extrajo anterior al otorgamiento del amparo, puede seguir procesando, pero no se sabe por cuánto tiempo estará suspendida la licencia.
“La pérdida es diaria, se consumen insumos, se empiezan a incumplir contratos con una serie de proveedores, y son al menos 300, tanto los que proveen servicios, como a quienes venden”, explicó Gálvez.
El pasado 5 de julio la Minera San Rafael cumplió dos años suspendida, y aún está pendiente que el Estado de Guatemala, mediante el Ministerio de Energía y Minas, convoque una consulta comunitaria a los pueblos indígenas en el área de influencia del proyecto, aunque ya se iniciaron algunos procesos. Hasta la fecha no se ha logrado efectuar el proceso de preconsulta y posterior consulta comunitaria.Las operaciones de El Escobal se mantienen suspendidas desde el 5 julio del 2017, inicialmente por resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la cual luego revocó su decisión, pero hubo una suspensión por la Corte de Constitucionalidad (CC) en ese mismo año.La CC emitió sentencia en septiembre del 2018 en la cual estableció que podrá empezar a operar siempre y cuando se cumpla con realizar una consulta comunitaria a la población indígena del área de influencia. Ese proceso lo tiene a cargo el Estado por medio del Ministerio de Energía y Minas (MEM). Aunque no fijó un plazo esa corte estableció en su sentencia que debía efectuarse de forma inmediata.En noviembre del 2018 el MEM anunció que inició el proceso para efectuar las consultas, se buscaba instalar una mesa de preconsulta y la convocatoria a las entidades definidas por la CC para participar. Ese proceso inició con una fase de información y posterior convocatoria.
Mensaje negativo
En opinión de Juan Pablo Carrasco, presidente de la Cámara de Comercio de Estados Unidos (AmCham) la suspensión temporal de la licencia operativa no solo afecta a la mina, sino que también acarrea un impacto directo en el desarrollo socioeconómico del país, ya que como Estado se está desincentivando y enviando un mensaje negativo a cualquier potencial inversionista que tenga la intención de mover capital al país.
El ejecutivo consideró que con esta resolución la CC acentúa la falta de certeza jurídica en el país, lo que está causando un aumento considerable en la pérdida de empleos, disminución de ingresos para el Estado y comunidades en El Estor Izabal, por lo que AmCham solicita a la CC que asuma su responsabilidad, liderazgo y falle a favor del desarrollo económico del país.
“Sin inversión no hay empleos, por lo que esta situación afecta a todo el país y la CC ha sido la principal responsable con resoluciones que contradicen dos décadas de jurisprudencia, de la baja de inversión extranjera en el país”, agregó Carrasco.
Javier Zepeda, director ejecutivo de la Cámara de Industria de Guatemala, enfatizó que el mensaje que se envía es negativo porque frena la generación de empleo y el desarrollo económico del país e incentiva más la migración.
El directivo consideró que el panorama de la minería en Guatemala es incierto y negativo. Además, esperan que no exista un interés ideológico o político en contra de este sector que ha generado beneficios para las comunidades y lo que buscan es certeza jurídica y en este momento no se practica.
Esperan un cese definitivo
El abogado Rafael Maldonado, quien representa a los líderes comunitarios expresó a Prensa Libre la satisfacción ante el fallo de la CC y esperan que el amparo sea definitivo para el cese de operaciones de la minera Fénix en El Estor y los otros tres municipios de Alta Verapaz.
Según el profesional, la licencia a la que se refieren es a la que fue aprobada en el 2005 durante el gobierno de Óscar Berger, y que empezó operaciones en el 2006, pero aseguran que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) no desarrolló el proceso de consulta a los pueblos indígenas afectados en los cuatro municipios de los dos departamentos.
“Los vecinos afectados por la licencia decidieron presentar la acción de amparo, solicitando la suspensión de la licencia por la violación al derecho de consulta de los pueblos indígenas, que se enmarca en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo”, enfatizó el abogado.
Maldonado afirmó que los 50 líderes y lideresas comunitarios que interpusieron el amparo actuaron de forma personal, pero aclaró que representan a aproximadamente a 50 comunidades del área de influencia donde opera la mina.
En el tema del impacto económico por los empleos y el desarrollo económico del área, Maldonado, asegura que el amparo no detalla en ningún lugar que la inconformidad se deba a estos puntos. Las comunidades únicamente enfatizan la violación al derecho de consulta para otorgar dicha licencia.
“En el amparo participaron varias personas y empresarios locales, pero en ningún punto incluye los temas de empleo y desarrollo. Aparte la Gremial de Pescadores tiene un caso penal por temas de contaminación industrial en contra de la empresa, pero eso es parte de un proceso penal que lleva el Ministerio Público”, señaló Maldonado.
Por su parte, Jordán Rodas, Procurador de los Derechos Humanos exhorta a la CC a emitir una resolución en concordancia a lo establecido en estándares internacionales y leyes nacionales aplicables, tendientes a proteger y defender el derecho humano a un ambiente sano.
“El artículo 11 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), Protocolo de San Salvador, reconoce el derecho de todas las personas a vivir en un medio ambiente sano y establece que los Estados deben promover la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente”, citó el magistrado de conciencia.
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