Economía

¿Cuánto debe pagarle a la SAT con la exoneración de multas a morosos?

A un día para que entre en vigencia la exoneración de multas, intereses y otros recargos, la SAT informó que los sistemas ya se encuentran listos para que los contribuyentes realicen sus consultas vía electrónica e informarse sobre cuánto deberán pagar. 

Desde las primeras horas del sábado -cuando entra en vigencia la exoneración- los contribuyentes podrán hacer sus operaciones y saldar los adeudos con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

El mismo día, por medio de un enlace directo que será colocado en el sitio web www.sat.gob.gt se podrá consultar únicamente si el contribuyente posee omisos, y de cuánto son los montos que debe pagar. El sistema solicitará el número de NIT, CUI y contraseña que le desplegará un listado de omisos.

El pago en línea sólo lo pueden hacer los contribuyentes que tienen cuenta habilitada. La consulta de saldos es accesible a todos los tributanes.

Abel Cruz Calderón, intendente de Recaudación, informó que el sistema, que entrará en operación el 20 de mayo, consignará el impuesto a liquidar por los contribuyentes que tengan adeudo, sin los cobros de mora, intereses y otros recargos.

“Si hoy hacen la consulta en los sistemas, mostrará los recargos adicionales, pero si lo hacen el sábado, solo aparecerá el impuesto a liquidar”, afirmó Cruz Calderon, luego de participar en la reunión de Gabinete Económico en Casa Presidencial.

El funcionario dijo que no hay un monto de cuánto puede ser la cobranza por la exoneración, pero podría rebasar los Q800 millones.

El sistema de gestiones en línea, BancaSAT, está disponible sólo para quienes tienen cuenta. Si no posee una puede hacer la gestión y completar el procedimiento en una agencia. La verificación de saldos no requiere tener cuenta.

Al ingresar a Declaraguate, el formulario sí les indica el adeudo, por ejemplo de Impuesto sobre Circulación de Vehículos, pero en el caso del ISR e IVA es el contribuyente el que debe ingresar los datos. El sistema le indicará que no hay multas, intereses o moras y genera el recibo por el pago del impuesto.

Si las declaraciones fueran a cero, solo tendrán que presentarlas en un banco y no pagar porque la exoneración les quita la multa.

Grandes grupos

Cruz Calderón explicó que se clasificaron a tres grandes grupos, por lo que esperan una afluencia masiva.

El primero son los omisos de contribuyentes, quienes desde el sistema BancaSAT podrán hacer sus pagos. En este rubro se encuentran alrededor de 469 mil 829 contribuyentes, la mayoría de montos pequeños o mínimos.

El segundo grupo, son aquellos que están en proceso de fiscalización, tendrán que acudir a la SAT para resolver su situación de manera personal.

En el caso de los contribuyentes que tienen un proceso penal abierto (administrativo coactivo, contencioso y penal), deberán de acudir a la SAT para llenar los formularios, pagar el impuesto  y luego apersonarse con el juez para informar sobre la liquidación del impuesto y por lo tanto la limpieza del expediente.

Este grupo representa el 6% de los contribuyentes omisos, con 42 mil 515, pero son los que tienen los mayores montos de adeudos y que durante el 2016 y 2017, han sido objeto de intervención por juzgados a solicitud de la SAT.

La exoneración, según el Acuerdo Gubernativo 82-2017, tendrá una duración de 90 días que empezará a regir del 20 de mayo al 19 de agosto.

En los primeros 30 días la exoneración será del 100% y el segundo mes se aplicará un beneficio de 95%, mientras que en el tercer mes de vigencia será de 90%.

Además los contribuyentes podrán llevar a cabo convenios de pago hasta por 18 meses.

ESCRITO POR:

Urias Gamarro

Periodista especializado en macroeconomía, finanzas públicas e infraestructura, con 20 años de experiencia en medios radiales, impresos y digitales.

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