El requerimiento contenido en el Acuerdo de Directorio de la SAT 08-2010 fue publicado en el Diario de Centro América en julio del 2010 y cobró vigencia el 5 enero del 2011.
“Lo que preocupa es que a pesar de haber tenido un año para hacer el trámite, a la fecha, de 125 mil peritos contadores que se estima hay en el país, solo 2 mil 600 se han actualizado en el Registro”, refirió Medina.
suspensión
De acuerdo con el artículo 6 del Acuerdo del Directorio, el registro y actualización de los contadores se hará por medio del Registro Unificado Tributario —procedimiento para adquirir el Número de Identificación Tributaria (NIT)—.
Según la disposición, el perito contador debe dar aviso de cualquier modificación de sus datos de inscripción a la administración tributaria, en cualquier oficina o agencia tributaria del país. Como contribuyente está obligado a actualizarse.
“El incumplimiento de esta obligación suspenderá automáticamente la situación de activo ante la SAT para el desarrollo de su actividad que se relacione con el cumplimiento de obligaciones tributarias de sus clientes”, indica el Acuerdo.
Juan Carlos Paredes, presidente del Colegio de Contadores Públicos y Auditores, consideró que habrá necesidad de que la SAT prorrogue el plazo de actualización, debido a que en dos semanas difícilmente se podrá actualizar la mayoría de los profesionales.
“En gran medida influyó el hecho de que hace tres meses la SAT excluyó a los peritos contadores de la posibilidad de hacer gestiones tributarias”, expuso Paredes.