- Solicitud de Número de Identificación Tributaria (NIT)
- Actualización de datos
- Cese de actividades comerciales
Estos procedimientos se pueden hacer desde cualquier dispositivo electrónico como computadora, tablet y teléfono móvil.
En cuanto a la actualización o ratificación de datos del RTU virtual, se debe tomar en cuenta que previo a llenar el formulario se debe contar con los siguientes requisitos:
- Tener usuario de Agencia Virtual
- Documento Personal de Identificación (DPI) vigente, escaneado de ambos lados
- Factura de agua, luz o teléfono en caso de registrar o modificar la dirección del negocio
Ratificación y actualización, dos procesos diferentes
De acuerdo con el intendente de Recaudación de la SAT, Fernando Suriano, para realizar la actualización de datos el contribuyente debe confirmar que no necesita realizar modificación de los datos registrados y la gestión se da de forma automática.
Es decir que, si el contribuyente no tiene necesidad de realizar ningún cambio, entonces se hará una ratificación de datos.
Por el contrario, si es necesario realizar alguna modificación a los datos registrados, entonces será una actualización de datos y deberá adjuntar documentos correspondientes, en este caso es indispensable que un revisor autorice la actualización, por ejemplo:
Si existe cambio de domicilio fiscal o comercial, el contribuyente debe adjuntar el recibo de agua, luz o teléfono con 3 meses de vigencia a partir de su emisión.
Además, Suriano explicó que todo contribuyente, incluidos quiénes prestan servicios profesionales en relación de dependencia o de forma independiente, deben consignar una actividad económica, conforme el giro habitual del negocio.
Persona individual
En este caso el intendente explicó que es obligatorio el registro de un contador para el Régimen General del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para los siguientes tipos de contribuyentes:
- Persona individual comerciante
- Persona individual actividades de construcción
- Persona individual productor (agricultor y/o pecuario)
- Persona individual no residente con establecimiento permanente
- Si se desea registrar profesión se debe adjuntar constancia de colegiado activa y vigente.
Persona Jurídica
- En este caso es obligatorio registrar contador cuando el contribuyente se encuentre inscrito en los regímenes del Impuesto al Valor Agregado siguientes: pequeño contribuyente, pequeño contribuyente electrónico y Régimen General del Impuesto al Valor Agregado
- Deberá contar con nombramiento vigente del Representante Legal y este a su vez estar actualizado en el Registro Tributario Unificado.
Paso a paso de ratificación o actualización de RTU
Paso 1:
Ingrese a su Agencia Virtual desde el portal SAT: www.sat.gob.gt
Paso 2:
Ingrese al menú -Servicios-, seguido de clic en la opción -Actualizar datos-
Paso 3:
Llene el formulario y suba los documentos que le solicitan si consigna algún cambio en su información
Paso 4:
Recibirá un correo de la SAT, confirmando su información o en su defecto pidiendo su ampliación.