impuestos
Qué sucede si no pagó el Impuesto de Circulación de Vehículos en Guatemala
A partir del 1 de octubre de 2024, los propietarios que no hayan cumplido con el pago dentro del plazo establecido serán sancionados por la omisión del pago de tributos, una infracción que puede generar importantes consecuencias tanto económicas como administrativas.
Los propietarios que no hayan pagado el impuesto de circulación de vehículos recibirán una multa equivalente al 100% del impuesto, más una cuota por mora, por parte de la SAT. (Foto Prensa Libre: Érick Ávila)
El Impuesto de Circulación de Vehículos (ISCV) es un tributo que deben pagar anualmente todos los propietarios de vehículos en Guatemala. Este impuesto se utiliza para financiar proyectos de infraestructura vial y otros programas del gobierno. No cumplir con esta obligación puede acarrear multas y sanciones, que varían según el tiempo de mora.
El Registro Fiscal de Vehículos de la SAT tiene la autoridad para inactivar vehículos cuyos propietarios no hayan pagado el impuesto durante tres años consecutivos. Además, se puede imponer una sanción por la omisión del pago. La multa es equivalente al 100% del impuesto omitido, junto con el pago de intereses respectivos.
La actualización de la SAT al 29 de septiembre detalla que, a esa fecha, había 1 millón 084 mil 198 vehículos cuyos propietarios aún estaban pendientes del pago del impuesto de circulación. Con esto, la entidad había alcanzado el 99% de su meta de recaudación para el año 2024.
Multas por no pagar el Impuesto de Circulación
Si el propietario de un vehículo no paga el ISCV dentro del plazo establecido (que normalmente es el 31 de julio, aunque en 2024 se extendió hasta el 30 de septiembre), se aplican las siguientes sanciones:
- Multa equivalente al 100% del impuesto omitido: Esto significa que, si debías pagar Q150, la multa será de Q150 adicionales.
- Sanción diaria por mora: A partir del 1 de octubre de 2024, cada día de retraso en el pago se sumará una sanción diaria, calculada multiplicando el monto del impuesto por el factor 0.0005 y por el número de días de mora. Por ejemplo, si el impuesto omitido es de Q150, la sanción diaria será de Q0.75.
Ejemplo de cálculo de sanciones
Supongamos que un contribuyente debía pagar Q150 por el ISCV de 2024. Si no realizó el pago a tiempo, la multa será de Q150. Además, por cada día que pase sin regularizar la situación, se aplicará una sanción diaria de Q0.75.
Si el contribuyente se demora 30 días en hacer el pago, el cálculo sería:
Pago de ISCV de 2024 = Q150
Multa: Q150
Sanción por mora (Q0.75 x 30 días): Q22.50
Total a pagar: Q322.50
Descuentos por pago voluntario
La SAT otorga un incentivo para los contribuyentes que pagan el impuesto de circulación sin recibir un requerimiento formal. Estos tienen derecho a una rebaja del 75% en la multa. Si en lugar de Q150 de multa, el contribuyente opta por regularizar su situación voluntariamente, solo tendría que pagar Q37.50 de multa más la sanción diaria por mora.
¿Puede la SAT inactivar un vehículo por falta de pago?
El Registro Fiscal de Vehículos tiene la facultad de inactivar vehículos cuyos propietarios no hayan pagado el ISCV durante tres años consecutivos. Esta medida se encuentra establecida en el Decreto 70-94, el cual regula el proceso de inactivación de vehículos por falta de cumplimiento con la ley tributaria.
Según los registros de la superintendencia, al 29 de septiembre había 82 mil 728 vehículos en la lista de la SAT que serán desactivados a partir del 1 de octubre si sus propietarios no se pusieron al día con el impuesto de circulación respectivo.
Qué significa inactivar un vehículo
Cuando un vehículo es inactivado, pierde su estatus legal para circular en el territorio nacional. Esto implica que no podrá utilizarse en la vía pública, lo que puede afectar al propietario si necesita el vehículo para trabajar o movilizarse. Además, la inactivación no exime al contribuyente de su deuda: para reactivar el vehículo, es necesario pagar el monto total adeudado junto con los intereses y sanciones que correspondan.
Es importante recordar que, aunque el vehículo se inhabilite, la deuda por el Impuesto de Circulación permanece vigente y se acumulan intereses por mora hasta que se pague la totalidad.
Recomendaciones para evitar sanciones
Para evitar las sanciones y los problemas administrativos que surgen por la inactivación del vehículo, se recomienda:
- Realizar el pago dentro del plazo establecido: Normalmente, el plazo vence el 31 de julio de cada año, pero este año se extendió al 30 de septiembre.
- Revisar regularmente el estado del vehículo en el portal de la SAT para asegurarse de que no existan deudas pendientes.
- Aprovechar los descuentos por pago voluntario si se ha omitido el pago del impuesto.
Para más información y consultar montos pendientes, puede visitar el sitio web de la SAT y acceder a la sección de pago de impuestos de circulación e impresión de calcomanía.