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Qué es la versión de DPI y cuál es la que pide la SAT para actualizar datos

Con el cambio de diseño y seguridad del DPI en 2025, algunos guatemaltecos se preguntan si la SAT tendrá preferencias entre las versiones para realizar trámites. Las autoridades de la institución responden esa inquietud.

nuevo diseño del DPI

La SAT aceptará tanto esta nueva versión como la anterior, siempre y cuando el documento esté vigente, no esté vencido y se encuentre en buen estado. (Foto Prensa Libre: Renap)

Con el cambio de diseño y seguridad del Documento Personal de Identificación (DPI) en 2025, muchos guatemaltecos se preguntan si la Superintendencia de Admiración Tributaria (SAT) tendrá preferencias entre las versiones al realizar trámites. 

Antes de responder a esta pregunta, es fundamental conocer cuántos años tiene de vigencia el Documento Personal de Identificación (DPI). Según el artículo 63 de la Ley del Registro Nacional de Personas (RENAP), el DPI tiene una vigencia de diez años, siempre y cuando no se presenten cambios en el estado civil, la capacidad civil, el nombre o alteraciones sustanciales en la apariencia física del titular, como accidentes u otras causas. En estos casos, el RENAP emitirá un nuevo DPI.

Transcurridos los diez años, el DPI se considera vencido y caduca para todos los efectos legales. 

Si un ciudadano pierde o le roban su DPI, deberá realizar el proceso de reposición. En este caso, según lo explican los encargados de Comunicación Social del Renap: "para el tipo de trámite reposición por cualquier motivo (robo, pérdida, extravío) se colocará la fecha de vigencia del documento anterior, por tratarse de una "reimpresión del documento" este no tendrá los 10 años sino menos de ese tiempo".

Es importante aclarar que al referirse a la versión del DPI, se puede entender dos manera diferentes: primero, el cambio en el diseño del documento, es decir, la nueva versión; y segundo, el número de carné, que refleja el historial de actualizaciones o reposiciones del DPI del ciudadano. A continuación, se explican ambos contextos y cómo identificarlos.

Cuál es la versión del DPI que acepta la SAT

Con el cambio de diseño y seguridad del DPI que entró en vigor el 1 de enero de 2025, existen dos escenarios posibles

  1. Para quienes realizaron el trámite del nuevo DPI hasta 2024, este documento tendrá una fecha de expiración en 2034, y así sucesivamente, dependiendo del año en que se tramitó. Por ejemplo, si el trámite se realizó en 2015, la fecha de expiración será en 2025; si fue en 2020, la expiración será en 2030. 
Ejemplo de un DPI renovado en 2023, con vencimiento en 2033. Para cualquier trámite en la SAT, este documento es igualmente válido que la versión más reciente. (Foto, Prensa Libre)
Ejemplo de un DPI renovado en 2023, con vencimiento en 2033. Para cualquier trámite en la SAT, este documento es igualmente válido que la versión más reciente. (Foto, Prensa Libre)
  1. Para quienes cumplan la mayoría de edad en 2025 o realicen el trámite de renovación en 2025, el DPI tendrá como fecha de vencimiento el año 2035. 

Según Armando Pokus, intendente de Atención al Cliente de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), la entidad requiere que el contribuyente presente la versión vigente de su DPI, es decir, cualquiera de los dos escenarios mencionados anteriormente. El intendente aclara que: "no se aceptarán DPI vencidos", es decir, aquellos cuyo período de vigencia haya expirado el año pasado o en años anteriores y que aún no hayan sido renovados. 

Ejemplo de un DPI que, aunque el plástico está en buen estado, ya no es válido, ya que venció en 2022. (Foto, Prensa Lire)
Ejemplo de un DPI que, aunque el plástico está en buen estado, ya no es válido, ya que venció en 2022. (Foto, Prensa Lire)

Es importante destacar que en la parte reversa del DPI se puede consultar la fecha de vencimiento

Número de versión del DPI y cómo actualizarlo en la SAT

El número de versión del DPI se encuentra en la parte delantera del documento y muestra cuántas veces el ciudadano ha solicitado una renovación o reposición del DPI, incluyendo casos de robo o extravío.

La versión del DPI se encuentra en la parte inferior izquierda del documento. (Foto, Prensa Libre: Cortesía Renap)
La versión del DPI se encuentra en la parte inferior izquierda del documento. (Foto, Prensa Libre: Cortesía Renap)

Para actualizar el DPI en la SAT, el contribuyente debe seguir el proceso habitual de actualización anual de datos, con la diferencia de que, en este caso, solo se actualizarán los datos del DPI.

En la agencia virtual de la SAT, el procedimiento es el siguiente: 

  1. Ingresar al menú Servicios al Contribuyente
  1. Seleccionar RTU
  1. Elegir Actualización de datos
  1. Optar por la opción Nueva actualización
La actualización del DPI se realiza a través de la Agencia Virtual de la SAT. (Foto: Prensa Libre, captura de pantalla de la Agencia Virtual SAT)

Recuerde que, para completar la actualización, deberá subir una copia del DPI actualizado en formatos .jpg, .png o .pdf, con un tamaño máximo de 10 MB.

Si desea conocer el procedimiento a detalle sobre cómo actualizar los datos, le puede interesar el artículo RTU: Cómo actualizar o inscribirse en el Registro Tributario Unificado.

En resumen, la SAT aceptará cualquiera de las dos versiones vigentes del DPI, siempre y cuando el documento no esté vencido, se encuentre en buen estado y sea legible. Es importante que el contribuyente se asegure de que su DPI cumpla con estos requisitos para evitar inconvenientes al realizar trámites

ESCRITO POR:
Glenda Burrión
Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.