Economía

¿Qué “clase de cliente” soy en el banco?: Cómo saber qué categoría de riesgo tiene en el sistema bancario de Guatemala

A partir de este 2024, si una persona está calificada en un banco como -A- y en otro como -E-, habrá una alineación y en todo el sistema se tomará en cuenta la menor clasificación.

El historial crediticio es la carta de presentación al momento de solicitar un crédito en una institución financiera.

El historial crediticio es la carta de presentación al momento de solicitar un crédito en una institución financiera. (Foto Prensa Libre: Freepik)

La clasificación que se conoce es en cuanto a las operaciones activas o financiamiento bancario que las personas tienen en un banco.

Para la Superintendencia de Bancos (SIB) no se clasifica al cliente como tal, sino por el riesgo del crédito otorgado a cada uno, que implica asignar a dichos créditos una categoría de riesgo según lo estipulado en el artículo 2 del Reglamento para la Administración del Riesgo de Crédito.

En lo que refuta Luis Lara, presidente de la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG), para quien sí es una clasificación del cliente la que se hace tras un análisis.

Para Paulo de León, director de Inteligencia Económica y Financiera de Central American Business Intelligence (CABI), también se trata de calificar al cliente en el sistema bancario en cuanto a su historia financiera, lo que genera un historial crediticio.

El historial crediticio es la carta de presentación al momento de solicitar un crédito en una institución financiera.

Esto influye directamente al evaluar la solicitud de un nuevo crédito o producto financiero, pues esta información proporciona a las entidades bancarias una visión de la salud crediticia del solicitante y su historial de cumplimiento de sus obligaciones financieras previas.

En este caso queda a discreción de la entidad bancaria si otorga el crédito/producto o no, y en qué condiciones según sus políticas, por lo que para mantener el crédito abierto en el sistema bancario es importante que los deudores mantengan al día los pagos.

Categorías

En este contexto, el artículo 35 del Reglamento para la Administración del Riesgo de Crédito detalla las cinco categorías de riesgo disponibles, ordenadas de menor a mayor riesgo:

  • Categoría A: Riesgo normal
  • Categoría B: Riesgo superior al normal
  • Categoría C: Con expectativa de pérdidas
  • Categoría D: Con expectativa de pérdidas significativas
  • Categoría E: Riesgo de irrecuperabilidad

De acuerdo con información oficial, esta categoría proporciona un marco claro para la evaluación y clasificación de los créditos de los clientes, que les permite saber y gestionar ante el banco correspondiente cualquier duda o aclaración que considere que proceda.

El ente regulador da cuenta que un crédito puede mejorar su clasificación al solventar las condiciones que lo llevaron a un deterioro, por ejemplo, ponerse al día en sus pagos.

En contraposición, un crédito puede cambiar a una clasificación de mayor riesgo cuando el deudor incumple con las condiciones contractuales establecidas inicialmente, o bien, cuando el banco identifica factores de riesgo que podrían afectar negativamente el comportamiento del crédito.

Qué variables analizan

Para asignar una categoría de riesgo, las entidades bancarias consideran las siguientes variables:

  • Mora: es el atraso en el pago de una o más de las cuotas de capital, intereses, comisiones u otros cargos en las fechas pactadas, en cuyo caso se considerará en mora el saldo del activo crediticio. Para los activos crediticios que no tengan una fecha de vencimiento determinada, esta se considerará a partir de la fecha en que se haya realizado la erogación de los fondos.
  • Capacidad de pago: es la capacidad económico-financiera de los solicitantes o deudores de generar flujos de fondos que provengan de sus actividades económicas y que sean suficientes para atender oportunamente el pago de sus obligaciones.
  • Reestructuración: cuando debido al deterioro en la capacidad de pago del deudor o de su comportamiento de pago, este no pueda cumplir con las condiciones pactadas para el pago de la obligación, por lo cual se formalizan modificaciones a los términos y condiciones del contrato del activo crediticio.

La Superintendencia de Bancos informó que, con el reglamento anterior, los créditos se evaluaban de acuerdo al comportamiento histórico de cada cliente, y con la entrada en vigencia del nuevo Reglamento para la Administración del Riesgo de Crédito (Resolución JM-47-2022), ahora los bancos evalúan los créditos de manera prospectiva, es decir, que todo crédito tiene una probabilidad de incumplimiento.

La modificación de normativa considera lo recomendado en estándares internacionales, que sugieren la necesidad de provisionar anticipadamente, reconociendo que, estadísticamente, se demuestra que un porcentaje de créditos, incluidos los considerados de riesgo normal (categoría A), experimenten incumplimientos en sus condiciones de pago en el futuro.

Esta nueva reglamentación permite contar con más exactitud la clasificación de riesgos de los créditos y la cantidad de reservas o capital que los bancos deben de provisionar para cubrir pérdidas por impagos de los créditos, explicó la SIB.

“Este cambio incluido en el Reglamento tiene dentro de sus propósitos proporcionar una mayor robustez al sistema financiero al anticipar y mitigar posibles pérdidas, contribuyendo así a la estabilidad y solidez de las instituciones bancarias”.

Calificación alineada

Luis Lara, presidente de la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG), explicó de una forma más sencilla que el banco hace un análisis estadístico y constituye la pérdida esperada desde el principio. “Cambió radicalmente, pero va por buen cambio”, comentó desde su sector.

Indicó que, por el momento, la SIB proporcionó un monto general pero en el futuro cada institución tendrá que hacer su modelo de acuerdo con “el petito de riesgo que tenga”.

Agregó que antes no estaban obligados a alinear al cliente, lo que significa que si un banco tiene calificado al cliente como -tipo A- y otro como -tipo E-, en este caso todas las instituciones deben tener calificado al cliente de la misma manera, con la calificación más baja

“Esto termina afectando a todos, tanto al banco como al cliente, porque si alguien tiene un crédito malo le afecta en todo el sistema”, detalló. “Uno puede tener un crédito al día y otro no, ahora todo va a aparecer en el sistema como si no se está al día”.

¿Dónde consultar?

Puede consultar si historial crediticio, gestionando su usuario en el Portal de Atención al Usuario de la Superintendencia de Bancos, a través de su banca en línea, tomando en consideración lo siguiente:

  • Consulte con su institución bancaria si cuenta con esta opción
  • En caso se le indique que no cuenta con esa opción, deberá presentarse a las oficinas de la Superintendencia de Bancos ubicadas en la 15 avenida 7-18 zona 13, Edificio Zepto, en horario de 8 a 16 horas, para obtener su usuario.

ESCRITO POR:

Déborah López

Periodista de Prensa Libre especializada en noticias económicas con 10 años de experiencia. Reconocida con el premio del Instituto Nacional de Bosques (Inab) al mejor reportaje escrito por la Gira del Pinabete en 2014.