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Ocho tips para aplicar los contratos de trabajo de tiempo parcial

Los contratos de trabajo en esta modalidad deben establecer de forma clara las condiciones y evitar simulación laboral, recomiendan expertos.

Miles de jóvenes buscan empleo, empresarios y Mintrab creen que el trabajo de tiempo parcial son una oportunidad, pero se deben aplicar de forma responsable. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Miles de jóvenes buscan empleo, empresarios y Mintrab creen que el trabajo de tiempo parcial son una oportunidad, pero se deben aplicar de forma responsable. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La modalidad de contratos de trabajo de tiempo parcial ha generado expectativa para el sector empresarial, pero también han surgido diversas dudas de cómo implementarlo tanto en aspectos de recurso humano como administrativos, prestaciones laborales y forma de calcular el pago.

Fomentar la correcta aplicación de las contrataciones de tiempo parcial y evitar cualquier tipo de simulación laboral es una de las recomendaciones de Ana Contreras, asesora legal de la Gerencia de Competitividad de Agexport; y José Chávez, analista económico de dicha gerencia.  Los expertos analizaron las leyes  en el país para que se logre la correcta implementación de esa herramienta.

Aunque antes no existía un reglamento, y luego fue suspendido el emitido en el 2019, la  implementación era posible basada en las leyes nacionales y la ratificación del convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Con la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (CC) del 15 de julio que da luz verde a esta modalidad y restablece el reglamento se espera  más certeza para aplicarla. Sin embargo, según una encuesta citada por Contreras, el 89% de empresarios no está seguro de que esa herramienta brinde certeza jurídica.

Otra de las recomendaciones es no obligar a los trabajadores que ya laboran a tiempo completo a trasladarse a tiempo parcial porque las leyes y regulaciones nacionales lo prohíben y puede generar denuncias.

Contreras explicó que en el país todos los sectores que lo consideran conveniente según el giro de negocio o puesto pueden hacer contrataciones de tiempo parcial y refuerza la sugerencia de hacerlo en forma correcta para evitar denuncias y   evitar exclusiones de sectores como ha sucedido en otros países. El convenio permite la exclusión total o parcial de categorías particulares de trabajadores o establecimientos mediante consulta tripartita.

Cuando exista alguna duda respecto de cómo aplicar alguna disposición relacionada a esta modalidad, debe implementarse la que más favorezca al trabajador, agregó. En el aspecto administrativo se debe evitar dividir un puesto que tiene jornada completa, porque se generarían más gastos.

Se solicitó información al Ministerio de Trabajo (Mintrab) acerca de la implementación de contratos de tiempo parcial, pero no respondió. El IGSS solo indicó que aún analizan esa modalidad en relación con la seguridad social.

Autoridades del Mintrab informaron a finales de julio que derivado de la sentencia de la CC, que revocó la suspensión del reglamento, los empleadores deberán registrar sus contratos de trabajo a tiempo parcial en la plataforma de Registro Electrónico de Contratos Individuales de Trabajo (RECIT), la cual está disponible de forma gratuita en la sección de servicios electrónicos, en el sitio electrónico de este ministerio.

  • 1. Qué debe contener el contrato

Hacer el contrato escrito y su respectivo registro en el Mintrab. Debe incluir de forma clara datos como: contrato de tiempo parcial, puesto, jornada laboral, salario por hora, cuantos días y horas trabajará a la semana. Si es personal que se trasladó de jornada completa agregar al expediente el documento que compruebe que el traslado es voluntario.

  • 2. Descansos, cambio de horas

Descansos: La ley establece un descanso de media hora para jornadas de 8 horas. Si es 4 horas, son 15 minutos, pero si es menor a 4 horas no tendría descansos. Jornada discontinua:  recomiendan que el intervalo no pase de una hora.

Si el puesto requiere horarios flexibles, el patrono deberá informar el viernes anterior, sus horarios y horas de la semana próxima.

  • 3. Cuántas horas podría trabajar

No hay máximo ni mínimo de horas, siempre y cuando sea menor a la jornada de tiempo completo.

Para la diurna sugieren 30 horas máximas semanales con 6 horas diarias. Para la mixta, 28 horas semanales (5 diarias), y la nocturna 24 horas semanales (4 diarias). En todos los casos sugieren 5 o 6 días máximo.

  • 4. Horas extraordinarias

Pagar sobre la base de horas máximas diarias establecidas, el pago es 50% más, como mínimo, del total de una hora ordinaria. Ejemplo: el salario mínimo de Q11.61 X 1.5 o Q11.61 X 150% = Q17.41.

Si se contrata por 6 horas en tiempo parcial, pero hace dos horas extras diarias, es mejor contratarlo por tiempo completo para evitar simulación de contrato tiempo parcial.

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  • 5. De tiempo completo a parcial

El trabajador de tiempo completo puede pasar a tiempo parcial de forma voluntaria y se recomienda que firme su anuencia en un documento legal. Hay un período de prueba de dos meses, si no regresa a su condición de tiempo completo.

Recomiendan no indemnizar al hacer el cambio, sino aprovisionar por los años laborados que le corresponde y congelar el pasivo laboral.

  • 6. Prestaciones vigentes

Aguinaldo y Bono 14: se calculan sobre una base horaria y con  el promedio de salarios ordinarios de los últimos 6 meses.

Bonificación incentivo: pagar los Q250 completos cada mes.

Indemnización: promedio salarial de 6 meses por el tiempo y días laborados.

Vacaciones:  15 días al año, pero debe tener mínimo de 150 días trabajados al año.

Maternidad: La ley establece para tiempo completo que se deben otorgar 84 días por pre y post natal, pagando el 100% del salario. En tiempo parcial deberá computarse el tiempo de corrido o calendario, pagar solo los días que efectivamente labore según el contrato. Es decir, si la trabajadora labora 1 día a la semana se le deben pagar 5 días al mes (que corresponden a 4.5 semanas del mes). Respecto a la hora diaria de lactancia durante 10 meses hay varios criterios, algunos consideran que debe ser aplicado de corrido o días calendario, otros consideran que debiera contarse solo para los días que la persona labora.

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  • 7. IGSS

Se mantiene el derecho al seguro social, y la obligación del pago porcentual de las cuotas (laboral y patronal) sobre el salario. Según los expertos e Agexport el convenio 175 de la OIT incluye cobertura para programas de enfermedad, maternidad (conocido en Guatemala  como EMA) y accidente, pero no el de invalidez, vejez y sobrevivencia (llamado IVS). De este último, la analista expuso que  el IGSS prevé incluirlo, aunque no ha hecho un aviso oficial.

  • 8. Cómo se paga

El salario se fija por hora. Este no puede ser menor al salario mínimo vigente para las diferentes actividades. El monto diario, semanal y mensual va a depender de cuántas horas trabaje en su respectiva jornada. Si se trabaja por 5 días, se debe pagar el séptimo día.

Fórmulas

Si trabaja 5 a 6 días a la semana la fórmula que se usa es:

Salario por hora X número de horas trabajadas al día X 365 días que tiene el año, dividido entre 12 meses + bonificación

Ejemplo: para un empleado que trabaja 4 horas al día por 5 días

Q11.61 X 4 X 365 dividido entre 12 + Q250= Q1,662.55

Si trabaja menos de 5 días a la semana la fórmula que se usa es: 

Salario por hora X número de horas trabajadas al día X por días trabajados al mes + bonificación

Ejemplo:  para un empleado que trabaja 4 horas al día por 3 días

Q11.61 X 4 X 12 + Q250= Q807.28

Estos son ejemplos con base al  salario mínimo vigente para las actividades no agrícolas.

 

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.