Economía

Ministerio de Trabajo prohíbe despidos por VIH/SIDA

Las empresas tienen prohibido constituir como requisito para obtener un puesto laboral el resultado de la prueba de VIH/SIDA, así como considerar la infección como causal de despido, así lo dio a conocer el Ministerio de Trabajo (Mintrab).

Los patronos no deben discriminar por esta enfermedad. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

Los patronos no deben discriminar por esta enfermedad. (Foto Prensa Libre: Esbin García)

Este viernes fue publicado en el Diario de Centro América el acuerdo gubernativo 33-2016 que contiene las reformas al reglamento de salud y seguridad ocupacional, en donde quedan normadas las actividades laborales.

Los cambios fueron el resultado de una mesa de diálogo que surgió luego de varias inconformidades con el reglamento inicial que fue emitido en julio del 2014.

La medida estipula que los patronos no pueden “discriminar y estigmatizar a las personas que viven con VIH/SIDA, de igual manera, violar la confidencialidad y el respeto a la integridad física y psíquica de la cual tienen derecho estas personas”, cita el artículo cuatro.

Según datos del Ministerio de Salud,  hasta septiembre del 2015 se contabilizaban 34 mil 512 casos de VIH/SIDA en el país.

Solo en el 2014 se reportaron mil 898 nuevos contagios —674 con VIH avanzado—, entre los cuales el 61 por ciento son hombres y el 39%, mujeres.

Retalhuleu, Escuintla, Izabal, San Marcos, Guatemala y Quetzaltenango tienen  la tasa de portadores más alta.

Cambios

Las reformas también incluyen acciones para proteger la vida, la salud y la integridad de sus trabajadores, además de proporcionar al trabajador las herramientas necesarias para el desarrollo de su trabajo.

El Mintrab y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social tienen a su cargo el control y vigilancia de las medidas laborales de salud y seguridad ocupacional. Además deben de realizar estudios  para la prevención de los riesgos en el trabajo.

Desde hace 58 años que no se hacían modificaciones a esa normativa laboral.

Un equipo de trabajo de cada empresa debe identificar, de manera adecuada, los riesgos en los equipos y almacenamiento, para implementar un plan de contingencia, señala el reglamento.

Además, los proyectos nuevos no podrán desarrollar una construcción si no presentan un plan de SSO.

ESCRITO POR: