Ese ente refirió que con el tipo de cobro que estaba vigente, basados en el acuerdo 387-2015, “no permite al Estado cumplir con las políticas y planes de gobierno, del sector minero”, según se los fijan la Constitución y la Ley Minera.
Jorge García Chiu, exministro de Energía, refirió que esas acciones podrían desincentivar la minería en general, que está en decadencia. Mientrtas que para en el caso de materiales de construcción será afectada a la población, puesto que representará un mayor pago para construcción y remodelación de viviendas, edificios estatales, e infraestructura vial.
“De esta forma, prácticamente nos están subiendo de forma indirecta un impuesto a la población, criticó.
Los cambios
Para calcular el valor de la unidad, se establece un factor base según el tipo de mineral o de actividad a realizar y el mineral, esa unidad se aplica por kilómetro cuadrado, según los artículos 66 y 67 de la Ley Minera.
Para la exploración se fija un valor base de Q200 y un factor mineral de 5, por lo que el cobro de la unidad es de Q1 mil. En el acuerdo anterior no se identificaba con ese nombre.
Por ejemplo con la tabla vigente hasta el lunes para la actividad de explotación de piedras preciosas la base era de Q100 multiplicado por el factor mineral de 5, lo que hacía Q500 por unidad, a partir del martes 10 de enero subirá a Q1 mil por unidad, ya que el valor base subió a Q200.
Para el pago del canon para explotación de materiales de construcción el valor de la unidad era de Q100, pero a partir del martes será de Q600. Esto se debe a que el valor base sube a Q300 y el factor mineral a 3.
A continuación observe la tabla que entra en vigencia este 10 de enero del 2017 el acuerdo 8-2017.
Le presentamos además el tipo de cobro que estaba vigente hasta el 9 de enero del 2017, contenida en el acuerdo 387-2015.
Cánones, según Ley de Minería:
En el artículo 66 de la Ley Minera se detalla que los titulares de derechos mineros pagarán los siguientes cánones:
a) Otorgamiento por derecho minero: Q3 mil 300
b) Superficie por licencia de reconocimiento: Q120 por kilómetro cuadrado o fracción.
Otros pagos se realizan a razón de cada año y por kilómetro cuadrado, pero varía según el trámite.