Economía

Maduro extiende por quinta vez estado de excepción económica

El presidente de Venezuela extendió hoy por quinta vez el llamado decreto de “Estado de excepción y emergencia económica”  por 60 días más.

La norma que debe ser enviada al Parlamento para su aprobación, aunque el Legislativo ya la ha rechazado en sus anteriores extensiones.

“Procedo constitucionalmente a prorrogar el estado de excepción y emergencia económica en todo el territorio nacional para seguir gobernando la guerra económica, para seguir gobernando la crisis”, dijo Maduro durante su programa semanal de televisión.

El presidente venezolano detalló que esta decisión será publicada en la Gaceta oficial y que la prórroga será de 60 días, con lo que el estado de excepción cumplirá un año de vigencia, “para seguir gobernando y enfrentando la situación económica y apoyando a nuestro pueblo” .

La declaración de emergencia económica permite a Maduro, entre otras atribuciones, disponer de recursos sin control del Parlamento, así como de bienes y mercancías de empresas privadas para garantizar el abastecimiento, además de restringir el sistema monetario y el acceso a la moneda local y extranjera.

El decreto fue puesto en marcha desde el 14 de enero pasado pese a la desaprobación de la Asamblea Nacional, de mayoría opositora.

Desde que se emitió el decreto y en las cuatro extensiones anteriores, el Legislativo ha argumentado que la norma desconoce la Constitución y “el dolor de las familias venezolanas”  frente a la escasez de alimentos, medicamentos y otros productos básicos, además de la inflación galopante.

Sin embargo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha declarado en todas las anteriores oportunidades la constitucionalidad del decreto que, según dijo, responde a la necesidad de proteger a los ciudadanos e instituciones “de acciones tendientes a desestabilizar la economía y el orden social del país”.

Se espera entonces que la quinta prórroga de este decreto sea discutida en el Parlamento y que también se pronuncie nuevamente el TSJ.

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