La iniciativa fue cuestionada por importadores y expendedores de combustibles, debido al poco tiempo para implementar las medidas y la imposibilidad de poder importar el alcohol.
De aprobarse esa ley, los productores de etanol deberán pagar un impuesto trimestral del dos por ciento del precio por galón que se venda, una vez el producto salga de la destilería.
Según la norma, quienes produzcan, transporten o almacenen el alcohol carburante deberán contar con seguros por daños a terceros, por ?los montos y características de los riesgos potenciales a que están expuestas dichas actividades?.
La iniciativa, que fue presentada en el 2006 por el diputado Oliverio García Rodas (del Partido Patriota), primer vicepresidente del Congreso, busca establecer ?las bases (…) del marco que regule e instaure un programa nacional de oxigenación de las gasolinas?.
Con ello se espera mejorar el medio ambiente, y paliar el impacto del alza de los precios internacionales de los combustibles.
Oposición opina
Sin embargo, para el diputado uneísta Mario Taracena, esa ley es ?un regalo para los azucareros del país?. ?Como si no fueran lo suficientemente millonarios, ahora se les beneficiará con esta ley, garantizándoles un amplio mercado para vender su producto?, criticó.
Guatemala produce unos 90 millones de litros de etanol al año, a partir de la caña de azúcar.
El diputado García Rodas respondió a esos señalamientos, aseguró que no se trataba de un negocio, si no de un bien para el ambiente, y para la población en general.
Esa postura fue respaldada por Luis Fernando Pérez, del Frente Republicano Guatemalteco, quien preside la comisión legislativa de Energía.
Importadores la adversan
Para Jorge Ruiz, vocero de la Gremial de Energía e Hidrocarburos, existe preocupación porque sea aprobado en breve y sin atender a las observaciones del sector expendedor y consumidor.
Destacó que es imposible contar con las instalaciones adecuadas antes de seis meses (tiempo en que entraría en vigencia la ley), o bien, que no exista la posibilidad para los consumidores de poder elegir entre gasolina tradicional o una con mezcla de etanol.
Ruiz recomendó que el período de implementación de la venta de gasolinas oxigenadas se amplíe a un mínimo de 18 meses y que el programa se ejecute en el ámbito nacional en un plazo de dos años, a partir de la entrada en vigencia.
Posteriormente se tendría que contar con una regulación que vele por la calidad del producto y asegurar tanto el suministro de gasolina especial como del alcohol mismo.
Otro punto es que se permita la importación de alcohol carburante con cero arancel, pues en la actualidad, el impuesto de importación es del 40 por ciento y eso hace imposible su compra en el exterior.
También se puede autorizar la importación de gasolinas ya mezcladas con alcohol carburante de manera que la misma se pueda comercializar a precios competitivos.
Enrique Meléndez, de la Asociación Guatemalteca de Expendedores de Combustibles (AGEC), manifestó que lo ideal sería tener un plan piloto para conocer los ?pros y contras? del uso de este tipo de combustible.
Yuri Melini, del Centro de Acción Legal y Ambiental (Calas), comentó que el uso de etanol es positivo porque el mismo es amigable con el ambiente, pero se debería poner atención en cultivos alternativos a la caña de azúcar, pues prácticamente ya no hay espacio para cultivar más dicho producto.
Al detalle: Normativa
Estas son algunas de las disposiciones de la iniciativa de Ley de alcohol carburante.
El Ministerio de Energía fijará cada año los porcentajes de etanol que deberán contener los combustibles. Éste no será menor del 10 por ciento.
Queda prohibida la venta de etanol o de gasolinas oxigenadas, directamente al consumidor final.
La venta se hará a través de expendedores (gasolineras) autorizados.
Los productores de alcohol carburante deberán tener licencia del MEM y contar con seguros por daños a terceros.
Los precios del etanol y de gasolinas oxigenadas serán fijados libremente por sus productores o comercializadores.