Economía

Entran en vigencia tarifas energía para trimestre de mayo a julio, se mantienen respecto a abril pero están más altas que hace un año

La tarifa eléctrica no variará a partir del 1 de mayo con respecto a la rigió en abril, pero de todas maneras, se paga entre 5 y 8 centavos más que hace un año, por kilovatio/hora consumido.

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Las tarifas estarán vigentes del 1 de mayo al 31 de julio. Los subsidios son variables según rangos de consumo. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El lunes 1 de mayo cobran vigencia las nuevas tarifas de energía eléctrica para el trimestre que comprende del 1 de mayo al 31 de julio para los usuarios de Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A (EEGSA), así como para la Distribuidora de Occidente, S.A. (Deocsa), y la Distribuidora de Oriente, S.A. (Deorsa), que forman parte de Energuate.

La Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE), fijó la tarifa no social (que incluye consumos de 300 kilovatios hora al mes -kWh- en adelante), en Q2.33 por kWh para Deocsa; y de Q2.20 para Deorsa; mientras que para la EEGSA es de Q1.47 por kWh.

Estas cifras no implican cambios respecto a las del trimestre que finaliza, aunque si se compara con mayo del 2022 en un año subieron Q0.06 en EEGSA y Q0.07 en Energuate.

La Tarifa No Social se aplica a alrededor de 200 mil usuarios aproximadamente (hogares o negocios), equivalente al 6% del total en el país.

Tarifa Social

Para el segmento de Tarifa Social que incluye a los usuarios con consumos de 0 a 300 kWh en el plazo del 1 de mayo al 31 de julio la tarifa será de Q2.20 para Deocsa; Q2.10 para Deorsa y Q1.38 para la EEGSA, las que no tienen cambios respecto a las que se vienen aplicando para el trimestre de febrero a abril.

No obstante, en forma interanual sí se observan alzas entre el trimestre de mayo a julio del 2023 con respecto del mismo plazo del 2022. En el caso de EEGSA, en un año la Tarifa Social aumentó Q0.06 (4.5%), mientras que las de Energuate subieron Q0.08 (alrededor de 4%).

La Tarifa Social se aplica a 3.4 millones de consumidores (alrededor del 94% de total), lo que se cubre con dos tipos de subsidios: a quienes consumen de 1 a 125 kWh, por medio del Instituto Nacional de Electrificación (Inde), según los criterios definidos por dicha institución, que beneficia a unos 2.4 millones de usuarios, agrega la CNEE.

 

En el caso de quienes consumen de 1 a 88 kWh al mes, se mantiene un subsidio normal del Inde, más el aporte extraordinario autorizado debido a las alzas de precio de los combustibles.

Además, el Congreso de la República aprobó en enero último el decreto 1-2023, que estableció una ampliación para incluir en el subsidio al grupo de usuarios que consumen entre 89 y 125 kWh al mes. Para este segmento el beneficio está vigente hasta el 30 de junio del 2023; de no ampliarse, los usuarios en este segmento deberán empezar a pagar la tarifa social plena a partir del 1 de julio próximo.

“Se debe a la diversificación”

La CNEE explicó en un boletín que “a pesar de las tendencias alcistas de los últimos años en los costos de combustibles y de la espiral inflacionista a nivel mundial, que han afectado el precio de la energía eléctrica, la diversificación de la matriz de generación en Guatemala ha permitido mantener los precios de energía estables para los usuarios regulados”.

Por ello, el ente regulador ve necesario continuar con la diversificación de la matriz energética y desarrollando más proyectos de generación con recursos renovables. Por el momento en el sector está vigente la cuarta licitación para contratos de largo plazo de 235 megavatios, dentro del como el Plan de Expansión de la Generación (PEG-4).

La CNEE aprobó el informe de la proyección de costos del Mercado Mayorista y el cálculo de los precios de energía y potencia para ser trasladados a las tarifas para cada una de las distribuidoras, y las tarifas finales que estas compañías deberán aplicar a los usuarios a quienes preste el servicio de distribución final de energía eléctrica, según las resoluciones 87-2023 y 118-2023, divulgadas en el Diario de Centro América.

¿Cómo se aplica el subsidio en la tarifa social?

En el rango de consumos de 0 a 125 kWh, el subsidio se aplica de tal forma, que los usuarios solo deben pagar la siguiente parte, y la institución cubre el resto:

  • Consumo de 1 a 60 kilovatios hora al mes, el usuario solo debe pagar Q0.50 por kWh al mes.
  • Los del rango de consumo de 61 a 88 kWh al mes solo pagan Q0.92 por kWh.
  • Y, los de 89 a 125 kWh, pagan solo Q1 por kWh.

El INDE menciona como ejemplo que si un usuario consume 60 kWh al mes, la factura de energía en el área que cubren Deocsa y Deorsa sería de entre Q148 y Q154, pero al aplicar el subsidio, el monto baja y se pagarían alrededor de Q72 y Q75. En el caso de EEGSA, el cobro pasaría de Q95 a Q57.

Si está en tarifa social, pero consume de 126 a 300 kWh al mes, ya no recibe el subsidio ordinario y extraordinario y debe pagar tarifa social completa o plena. Si consume 150 kWh al mes, en Deocsa y Deorsa deberá pagar solo de energía entre Q315 y Q328, y en EEGSA, alrededor de Q207.

En ambos ejemplos se incluye la estimación del pago de energía, pero a la factura total, la distribuidora le agrega cargos fijos, 12% del impuesto al valor agregado (IVA) y la tasa de alumbrado público, que es diferente en cada municipio.

En el caso de la tarifa no social, por consumos mayores de 300 kWh al mes, aparte de que el precio es más alto, no se le aplica ningún subsidio. Por ejemplo, por un  consumo de 350 kWh al mes, en Deorsa y Deocsa deberá pagar entre Q766 y Q812, y en EEGSA, alrededor de Q514 por energía, más los cargos mencionados arriba.

 

ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.