El decreto 27-2022 del Congreso de la República fue aprobado en abril recién pasado, pero hacía falta el reglamento para que pudiera implementarse, de manera que los sectores de la construcción e inmobiliario, así como el sistema bancario, podrán comenzar a brindar créditos con ese beneficio.
Por medio de dicha ley, bancos, cooperativas y fideicomisos de vivienda autorizados para tal efecto, podrán otorgar créditos hipotecarios con tasas de interés preferencial subsidiadas por el Estado.
El primer día de cada mes, el Fomento de Hipotecas Aseguradas (FHA) deberá publicar en su sitio electrónico y con acceso libre a la población, la tasa de referencia regulada. Y cada mes, las entidades prestamistas harán públicos los datos de los créditos concedidos en el mes anterior, con nombres y datos de los deudores, tasa de interés, número de cuotas, y demás información.
Responsabilidad propia
Por otro lado, las entidades autorizadas serán las encargadas de verificar el cumplimiento de los criterios de elegibilidad conforme a procedimientos internos. Y si se otorga un crédito y posteriormente se determina que el beneficiario no era sujeto de esos beneficios, la entidad autorizada será responsable y deberá reintegrar a las cuentas del Estado el monto que este haya absorbido.
- El decreto entró en vigencia el 18 de mayo último y faculta al Organismo Ejecutivo para que subsidie los intereses bancarios de los préstamos otorgados para la construcción de vivienda popular.
- La subvención es hasta un 40% de la tasa por los primeros 4 años y el 30% para los siguientes 3 años.
- La ley será aplicable en proyectos habitacionales con un valor de venta máximo de 170 salarios mínimos (no agrícolas, vigentes en el año correspondiente).