Economía

La CC declaró inconstitucional la Ley de Tarjetas de Crédito, decreto ya estaba suspendido

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró ayer inconstitucional la totalidad del decreto 7-2015 del Congreso que contiene la Ley de Tarjetas de Crédito.

En la sesión plenaria del jueves la CC decidió por mayoría declarar con lugar la acción promovida por vicios interna corporis, es decir error en el proceso de formación de la ley, informó esa Corte.


Al declararlo inconstitucional el decreto sale del ordenamiento jurídico del país.

Esa ley estaba suspendida de manera provisional desde el 31 de mayo del 2016.

El decreto fue aprobado en el 2015 y luego de entrar en vigencia el 8 de marzo del 2016 fue impugnado.

La CC acumuló 14 expedientes referentes a acciones de inconstitucionalidad de ley de cáracter general, total y parcial.

En marzo del 2016, Gloria Porras, entonces presidenta de la CC, explicó que uno de los vicios por los cuales se argumentó la suspensión es la forma como el Congreso aprobó la normativa.

Expuso que el caso es similar a los ocurridos con otros decretos como la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para Transmisión de Datos, en los cuales el Legislativo no los aprobó con mayoría calificada de 105 votos.

Qué contiene el decreto 7-2015

La Ley de Tarjetas de Crédito aprobada en el 2015 contiene las siguientes disposiciones:

  • Las tasas de interés anual no deben exceder el doble del último valor de la tasa de interés anual activa promedio ponderada del sistema bancario.
  • Obliga a la Superintendencia de Bancos a supervisar que los emisores de tarjetas hayan extendido un contrato y que sea cumplido sin cambios posteriores.
  • El usuario puede reestructurar su deuda cuando considere que no puede pagar y cancelarla en varias cuotas.
  • Prohíbe la capitalización de los intereses, el cobro de comisiones, servicios adicionales y otros cargos.
  • Se creó el delito de clonación de tarjetas de crédito, en atención a  las constantes denuncias de duplicación en comercios y en cajeros automáticos.
  • Las  penas contempladas por clonación son de prisión de 10 años y multas de entre Q50 mil y Q500 mil.
  • Obliga a las entidades financieras a realizar una evaluación sobre la capacidad de pago del usuario.
  • El monto de crédito no podrá sobrepasar el sueldo del tarjetahabiente, y también se normaba el acoso por cobros.

Las entidades bancarias y emisores de tarjetas, decidieron cambiar, debido a esa ley disposiciones como  el pago de la membresía se convirtió en obligatoria, sin derecho a extorno. En algunos bancos, sería  según el consumo mensual.
Además la aplicación de un seguro, en su momento eliminaron los programas de pagos por cuotas.

También se refería a tope de porcentaje de interese, fechas de corte y pagos, cancelación del plástico, programas de lealtad, consumo mínimo, reducción de personas crédito.

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ESCRITO POR:

Rosa María Bolaños

Periodista de Prensa Libre especializada en medios escritos y radiales en temas de energía eléctrica, empleo, impuestos, empresas y negocios con más de 20 años de experiencia.

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