Economía
Ingreso del gusano barrenador a Guatemala obliga a declaran estado de emergencia de sanidad animal
Personal del MAGA podrá retener, retornar, sacrificar o destruir animales que considere técnicamente en riesgo de diseminación de la enfermedad.
Foto de referencia. Autoridades del MAGA detectaron un brote de gusano barrenador y decretaron un estado de emergencia nacional. (Foto Prensa Libre: Unsplash)
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) publicó este 29 de octubre en el Diario de Centro América el Acuerdo 147 – 2024 con el que declara estado de Emergencia de Sanidad Animal en todo el territorio nacional
La medida se debe por el brote de gusano barrenador del ganado reportado por autoridades guatemaltecas este martes.
También se indica que reportes de la Organización Mundial de Sanidad ha detectado este tipo de brotes en Panamá, Costa Rica, Nicaragua y Honduras.
En el acuerdo se establecen medidas sanitarias para impedir el ingreso de animales “infestados de larvas” causantes de la enfermedad.
Las autoridades implementarán varias medidas como parte de la emergencia, entre ellos:
- Vigilancia epidemiológica activa y pasiva en animales de sangre caliente.
- Habilitar laboratorios de diagnóstico oficiales y con capacidad de diagnóstico e implementación de telediagnóstico a través de imágenes digitales.
- Implementar medidas de bioseguridad en unidades de producción precuaria.
- Incrementar control e inspección de animales y medios de transporte en puertos, aeropuertos y fronteras, priorizando los procedentes de los países que actualmente tienen la presencia de la enfermedad.
- Incrementar el control de movilización de animales de sangre caliente a nivel nacional.
- Revisar a los animales y practicar curación de heridas.
- Gestionar con el Ministerio de comunicaciones las autorizaciones con Aeronáutica Civil para acciones técnicas de dispersión de moscas estériles.
- Incrementar programas de capacitación y divulgación a propietarios de animales.
Además, se creará una comisión específica para atender la emergencia.
También se indica que personal del MAGA podrá retener, retornar, sacrificar o destruir los animales que considere técnicamente en riesgo de diseminación de la enfermedad.