Según el acuerdo, la exoneración abarca los períodos impositivos terminados antes del 1 de enero del 2017, “siempre que paguen el cien por ciento de los impuestos que se adeuden en la Administriación Tributaria.
La disposición entrará en vigencia a partir de la cuarta semana de mayo.
Las disposiciones quedan así:
La multa será exonerada en el cien por ciento si se efectúa durante el primer mes de vigencia del acuerdo; será del 95 por ciento en el segundo mes de vigencia, y de 90 por ciento en el tercer es de vigencia.
Según el acuerdo, las exoneraciones también podrán aplicarse “en los casos que el contribuyente o responsable solicite facilidades de pago de conformidad con el Código Tributario sobre obligaciones tributarias de períodos impositivos terminados antes del 1 de enero de 2017”.
El acuerdo aclara que las exoneraciones “no tienen aplicación a las multas, mora intereses o recargos que ya hubiere pagado el contribuyente”.
De acuerdo con las autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), al menos 600 mil contribuyentes podrán regularse en el pago de impuestos. “Exoneración no tiene objeto recaudatorio, sino de regularización de contribuyentes bloqueados”, expresó Julio Héctor Estrada, ministro de Finanzas.
Las autoridades informaron que con la medida también se pueden formalizar los empresarios ganaderos y otros sectores.
Otro caso
La última vez que un gobierno otorgo una amnistía fiscal fue durante la administración del expresidente Otto Pérez Molina en 2014.
Esta es una práctica que pretende que los contribuyentes que tengan irregularidades contables, puedan regularse.