En todo caso, si ese día se labora por la propia naturaleza de la producción o si se requiere la presencia de los trabajadores, se debe pagar doble.
El 16 de abril último, la Corte de Constitucionalidad (CC) dejó sin efecto que los asuetos 1 de mayo y 20 de octubre puedan cambiar de fecha para que se conviertan en fines de semana largos para estimular el turismo interno.
Listado de feriados en Guatemala durante 2020:
- Año Nuevo 2020: miércoles 1 de enero (No cambia)
- Semana Santa: De Jueves 9 a Sábado Santo 11 de abril (No cambia)
- Día del Trabajo: Viernes 1 de mayo (Ya no cambia por disposición de la CC)
- Día del Ejército: 30 de junio (por ser martes se corre para lunes 29 de junio)
- Día de la Asunción: sábado 15 de agosto (No cambia)
- Día de la Independencia: martes 15 de septiembre (No cambia)
- Día de la Revolución: Martes 20 de octubre (Ya no cambia por disposición de la CC)
- Día de Todos los Santos: domingo 1 de noviembre (No cambia)
- Navidad 2020: viernes 25 de diciembre (No cambia)
¿Por qué se corren algunos los feriados?
En septiembre del 2018 el Congreso de la República aprobó una reforma a la Ley que Promueve el Turismo Interno, decreto 19-2018 para que tres asuetos sean más largos, trasladándolos a lunes.
El objetivo de la reforma es promover el turismo nacional; así, cuando un día de asueto coincida en martes o miércoles, se gozará el lunes inmediato anterior, y si ocurriere en jueves, viernes, sábado o domingo, se trasladará al lunes inmediato siguiente.
Según la reforma aprobada, solo aplicaría el 1 de mayo, 30 de junio y 20 de octubre, no así el resto de los asuetos y el día de la festividad de la localidad.
La reforma buscaba fomentar el turismo interno y permitir que las personas puedan viajar a la provincia y reactivar la economía local, según indicaron algunos diputados que apoyaron, en ese entonces, la reforma.
Sin embargo, con la resolución de la CC, entonces solo le queda a la ciudadanía y a la industria del turismo el 30 de junio como posibilidad de fin de semana largo y, según el decreto 19-2018, “los descansos establecidos en otras leyes”.
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