En el caso de los bancos, refirió, tienen permiso para correr el descanso para el 17 de agosto informó la Superintendencia de Bancos y queda a discreción de estos entes si abren ese día, en qué horarios y si se trata de servicio extraordinarios.
El asueto del 15 de agosto rige para la ciudad capital y para los municipios que la celebren ese día, recordó el Ministerio.
Condiciones
Respecto de las condiciones de trabajo, se explicó que trabajar en días de asueto es opcional para el trabajador y no obligatorio, “y faltar el día de asueto no es motivo para despido justificado”, refiere el comunicado del Mintrab divulgado en redes sociales.
de agosto tienen permiso de no laborar los bancos.
Se añade que cuando el patrono repone el día y paga el asueto como día normal, le está pagando al trabajador menos de lo que corresponde. Esto se debe a que le pagaría las horas de trabajo de un día normal en lugar de la jornada extraordinaria.
Las horas laboradas ese día se deben pagar como horas extraordinarias, según artículos 121, 127 y 128 del Código de Trabajo, y según si se trata de jornada diurna, mixta o nocturna.
En la página de Facebook del Ministerio de Trabajo y Previsión Social el interesado puede hacer consultas si tiene dudas de las condiciones de trabajo o pagos en los asuetos.