Economía

Estanco de los naipes

El proyecto de Ley de Competencia que se encuentra en estudio en el Congreso de la República tiene antecedentes coloniales en el Estanco de los Naipes.

La investigación titulada “Los estancos, las prácticas monopólicas y las rentas del Estado en El Salvador” fue hecha por un grupo de historiadores, en este caso Pedro Antonio Escalante Arce, y publicada por la Superintendencia de Competencia de El Salvador, Volumen 20, primera edición, Dirección de Publicaciones e Impresos, Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, Concultura, San Salvador, 2008, páginas 36 y 37.

A continuación, un extracto de las conclusiones de la misma, resaltando lo concerniente a los naipes.

Estanco de los Naipes

Entre los pueblos europeos de la cuenca del Mediterráneo fueron muy populares los juegos de mesa. Entre ellos reinaba la baraja, que se jugaba con naipes. La afición de los naipes pasó a la América española como algo propio de la vida diaria en la sociedad de peninsulares y criollos y que aún perdura. En 1572, por real cédula de 3 de septiembre, el rey Felipe II declaró estanco la fabricación de naipes, lo que fue reiterado en otra cédula de 1584. Ambas constan en la recopilación de Leyes de Indias de 1681.

La ley de estanco contiene la autorización para que los asentistas puedan vender los naipes legales del monopolio real, con una duración en su prerrogativa no mayor de dos años, controlada por los oficiales del fisco.

En México se le dio el asiento en 1576 a Hernando de Cáceres, quien recibió la exclusividad para fabricar y vender juegos de naipes en México y el territorio de la Audiencia de Guatemala. La elaboración en una imprenta autorizada de ciudad de México tenía que ser no menor a nueve mil docenas de barajas, y cada mazo se vendería el público a tres reales, de los cuales uno sería para la hacienda real, con un mínimo de ciento cuarenta y cuatro mil reales anuales. En 1584, el asiento se otorgó a Alonso Martínez de Orteguilla, con obligación de pagar al real fisco más del doble de lo señalado a Cáceres. Esta cantidad fue aumentando con los años, al igual que como creció el precio de venta de los naipes.

Efecto del impuesto de Barlovento

En 1673, la Corona optó por afrontar la fabricación y venta de los naipes debido a las quiebras de varios asentistas. Una de las causas fue el haber recaído en los naipes el Impuesto de Barlovento (1635) para la creación y mantenimiento de la armada de Barlovento, con el fin de cuidar las flotas del Atlántico en el mar de las Antillas. Pero en 1682 volvieron a ser autorizados los concesionarios del estanco.

Cinco mil barajas al año

En Santiago de Guatemala, a principios del siglo XVII, Manuel Estévez, representante del asentista mexicano, vendía cinco mil barajas al año a cinco reales cada una, con derecho al ocho por ciento de las ganancias.

En los salones de las casas particulares, en los conventos, en las tabernas autorizadas, por todos lados estaban los naipes. El venderlos sellados y autorizados mediante el estanco era una garantía para los miles de usuarios y una medida contra su adulteración y los juegos prohibidos. En época de los Borbones, con las transformaciones del Estado monárquico, el estanco de los naipes fue incorporado al monopolio de la pólvora, en 1765, en el Reino de Guatemala. Y en México fue incorporado al estanco del tabaco, a través de la Dirección General de la Renta de Tabacos en 1770.

ESCRITO POR:

José Molina Calderón

Economista. Consultor en gobierno corporativo de empresas familiares. Director externo en juntas directivas. Miembro de la Academia de Geografía e Historia de Guatemala. Autor de libros de historia económica de Guatemala.