El caso llegó hasta la alta autoridad en materia constitucional, luego de que la Corte Suprema de Justicia otorgó un amparo en definitiva a comunitarios de San Pedro Carchá, Alta Verapaz, que ordena a Energía y Minas hacer la consulta comunitaria, pero no suspende la operación.
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La empresa tiene la capacidad de generar hasta 306 megavatios, que aportan el 16% del suministro demandado en el país.
El ejecutivo explicó a Prensa Libre que hay expectativa por lo que puedan resolver los magistrados de la CC en autorización de las licencias para la construcción del complejo hidroeléctrico Renace que fueron entregadas en 1991 y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que entró en vigor en 1997 y que se refiere a la consulta de los pueblos indígenas.
Crespo reiteró que han actuado con base en ley y la normativa vigente.
¿Cuál es la trascendencia de este proceso?
Es un tema de interés nacional y de país que debe interesarle a todos los guatemaltecos, porque la suspensión de operaciones de Renace (hidroeléctricas) implicaría un incremento del 25% de la factura promedio del consumidor final de energía que impactaría a todos.
Por eso decimos que va más allá de ser un proceso judicial, en el que está una empresa como tercero interesado y el Ministerio de Energía y Minas, por lo que es un tema que tiene trascendencia nacional, que podría tener un impacto negativo para todos los guatemaltecos, para la economía y el país en general.
Por otro lado, mandaría señales negativas para la certeza jurídica, el estado de Derecho.
Renace aporta al sistema el 16%.
¿Por qué razón?
Un país donde no priva y prevalezca el estado Derecho es un país que está encaminado a la incertidumbre, inestabilidad y todo lo contrario a la prosperidad, inclusive puede llegar a un estado fallido y no queremos que eso suceda.
En ese sentido, ¿qué escenario perciben?
Sin duda, generaría un impacto negativo en los bolsillos de los guatemaltecos, muy relevante, con un posible incremento de la factura eléctrica del 25%.
A 24 horas del desarrollo de la vista pública, como inversionistas, ¿qué piensan?
Luego de las partes involucradas y los terceros interesados en comparecer, se evidenció que la amparista, la señora Ana Rutilia Ical, no acreditó contar con la representación legítima de las comunidades.
En segundo lugar, no acreditó ni evidenció absolutamente ninguna afectación de derechos que pudieran dar al amparo que presentó.
Por otro lado, quedó evidenciado que los representantes legítimos y los líderes comunitarios expresaron de manera inequívoca que la inversión de la firma en las comunidades les ha traído desarrollo, prosperidad y oportunidades que, de no estar Renace ahí, no tendrían.
Además, quedó claro que tanto la Procuraduría General de la Nación, la Comisión Nacional de Energía Eléctrica y el Administrador del Mercado Mayorista expresaron los argumentos que sustentan legalmente, de que en este caso no es posible aplicar retroactivamente lo establecido en el Convenio 169, porque este cobró vigencia con posterioridad a la emisión de las autorizaciones que nos permitieron invertir en el complejo hidroeléctrico Renace.
Por último, estamos convencidos de que quedó evidenciado que Renace no está en contra del espíritu del Convenio 169, sino al contrario, que somos respetuosos y proactivos desde hace 25 años de abrir un diálogo permanente y positivo con las comunidades; entender sus necesidades, respetar sus tradiciones y cultura, y así propiciar las condiciones de desarrollo. Todo esto ¿por qué? porque nos interesa tener inversiones sostenibles en el tiempo en comunidades prósperas.
Entonces, nos sentimos satisfechos de los resultados de la vista pública y creemos que quedó claro quiénes estamos del lado de la justicia, el estado de derecho y desarrollo social, y quiénes no.
¿Qué resultados esperan al final de este proceso?
En la próximas semanas o meses, que son los tiempos que maneja la CC, al momento de emitir sentencia lo que esperamos es que se respete el estado de Derecho, el respeto a lo establecido en la Constitución y que se mande un mensaje de estabilidad y certeza jurídica, así como el respeto al marco constitucional, y que se reconozca lo que se ha hecho históricamente en materia de inversión de desarrollo social.
Si uno comprende el espíritu del Convenio 169 de la OIT, hemos superado lo que se requiere; no es un tema de hacer una cosa y dejar de hacerlo, es un tema de apertura y diálogo permanente.
Nos sentimos confiados en que estamos en lo que establece la Constitución, estado de Derecho de nuestro lado, y que la inversión en desarrollo social en las comunidades debe continuar.
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¿Existe algún temor o desconfianza de que sea contrario a lo que ustedes esperan?
Los argumentos están claros y bien sustentados para que no ocurra eso. Estamos convencidos que los magistrados de la CC deben sopesar con mucha integralidad los efectos que su decisión tiene en el futuro del país.
Tienen todo para emitir una sentencia con responsabilidad y con pensamiento de desarrollo.
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