Economía

El Mintrab derogó protocolos contra el covid en el trabajo, pero algunas empresas los mantendrán

Desde el 1 de febrero, ya no están vigentes las regulaciones obligatorias para prevenir contagios en los centros laborales, aunque muchas firmas intensivas en mano de obra decidieron no bajar la guardia.

Los protocolos para reducir el riesgo de contagio del covid-19 en los centros de trabajo ya no son obligatorios, según derogatoria efectuada por el Mintrab, algunas empresas y sectores deciden mantenerlos. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL),

Los protocolos para reducir el riesgo de contagio del covid-19 en los centros de trabajo ya no son obligatorios, según derogatoria efectuada por el Mintrab, algunas empresas y sectores deciden mantenerlos. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL),

El Ministerio de Trabajo (Mintrab) derogó el Acuerdo Gubernativo 179-2022, que contenía el reglamento con las disposiciones de salud y seguridad ocupacional para aminorar los contagios de coronavirus en los centros de trabajo de los sectores público y privado, según el Acuerdo Gubernativo 19-2023. La derogatoria empezó a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América, realizada el 1 de febrero.

El nuevo acuerdo deroga la totalidad de la normativa indicada; “es decir que actualmente ya no existe una regulación específica relativa al covid en los centros de trabajo por parte de Mintrab. Si en un futuro el Ministerio de Salud como ente competente, emite una nueva disposición por alguna evolución de la enfermedad u otra razón, el Ministerio (de Trabajo) realizará el análisis para tomar las acciones correspondientes”, respondió el Mintrab por medio de su oficina de comunicación.

Y argumentó su decisión con que derivado del tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia, avances en la vacunación y la disminución de la letalidad de la enfermedad, se hace necesario derogar dicho cuerpo normativo, en virtud de que el mismo no responde al objeto para el cual fue emitido en su momento.

Prefieren prevenir

El sector de maquilas mantendrá protocolos como el uso de mascarilla, uso de mamparas para separación de espacios de trabajo y escalonamiento para horarios de refacción o de almuerzo, el uso de alcohol en gel, entre otros, indicó Alejandro Ceballos, vicepresidente de la Comisión de Vestuario y Textil (Vestex), que forma parte de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport).

El directivo dijo que el uso de mascarilla es obligatorio en las empresas del sector desde antes, por el manejo de materiales como la tela que genera residuos; sin embargo, durante la pandemia del covid-19 se fortaleció y se vigila más. Además, en ese plazo se han dado cuenta de que también les ha ayudado a reducir los contagios de gripe e influenza, que han afectado al personal.

En los primeros meses de la pandemia, en mayo del 2020 el Ministerio de Salud confirmó el contagio masivo de 201 personas en una maquila que opera en la zona 7 de San Miguel Petapa, y días después se reportaron 34 casos en una maquila de la zona 4 de Villa Nueva y luego, se detectaron al menos cuatro brotes que afectaron a más de 100 personas.

Diana Brown, directora ejecutiva de la Asociación de Colegios Privados de Guatemala indica que aunque los centros educativos privados son empresas particulares, sigue vigente el Acuerdo Ministerial 1600-2022 del Ministerio de Educación y sus modificaciones, Acuerdo 3390-2022.

Este establece que el uso de la mascarilla es de uso voluntario y se contemplan protocolos de prevención, como el lavado de manos y el uso de alcohol en gel, y “en este caso, prevalece la importancia de los protocolos de prevención por el cuidado de la población de menores de edad, y  los colaboradores de las comunidades educativas: docentes, personal administrativo y operativo”, añadió.

Ana Lucía Contreras, asesora legal de la gerencia de Competitividad de Agexport, dijo que se debe tomar en cuenta que aunque ya no exista una disposición de gobierno respecto a protocolos del covid-19, las empresas deben continuar promoviendo todo lo relativo a las buenas prácticas por medio de acciones para la salud y seguridad ocupacional (SSO) en general y no específica para esta enfermedad.

Tales disposiciones incluyen requisitos como tener un monitor de SSO y contar con un plan de SSO con perfiles de riesgo, según el trabajo o materiales que se usen en cada empresa o actividad, explicó.

Según el plan de SSO utilizado, se debe contar con un comité bipartito al que se reporte cualquier tipo de enfermedad, lo que también se debe cumplir para casos de covid. También deben adoptarse o mantenerse políticas empresariales que incluyan las medidas que se deben implementar en la empresa ante casos o prevención de casos positivos del covid-19.

“Ya no es obligatorio, pero es necesario porque ayudará a que mantengan medidas adecuadas” aunque no necesariamente deben ser tan drásticas sino más flexibles, dijo Contreras.

A su juicio, es importante que se mantenga la notificación del trabajador o del patrono, en casos de contagio para evitar una propagación masiva de los virus.

 

Las medidas derogadas:

El acuerdo derogado contenía la obligatoriedad de atender el nivel de alerta sanitaria en el que se encontrara el municipio donde se ubica el centro de trabajo y lo siguiente:

  • Distanciamiento social.
  • Limpieza y desinfección de áreas de trabajo con insumos adecuados.
  • Uso de alcohol y lavado de manos: el patrono debía proporcionar alcohol liquido o en gel, que posea al menos 70% de concentración, así también, jabón para el correcto lavado de manos, de forma gratuita y periódica a sus trabajadores.
  • Equipo de protección personal: el patrono debía proveer mascarillas o cubrebocas a los trabajadores.
  • Información, difusión y señalización: como campañas de información y difusión.
  • Calendarización de capacitaciones: permitir a los monitores de salud y seguridad ocupacional que capaciten a los trabajadores en ese tema.
  • También establecía obligaciones y prohibiciones a los trabajadores.