Ante este cuestionamiento, el funcionario explicó que el pasado 19 de enero entregó su informe de gestión.
A partir de ahí, indicó que el Directorio tiene hasta el 31 de enero para aprobar o no esa evaluación en conjunto con los técnicos de Finanzas Públicas y así confirmar si él continúa o no en el cargo.
Dio a conocer que la primera reunión de Directorio con las nuevas autoridades de Gobierno será este jueves 25 de enero y entre los puntos está la presentación del informe del superintendente, sin embargo, no significa que ese día se realice la evaluación.
“La productividad está a la vista, según el informe que he presentado se ha superado la meta (de recaudación); esperemos que todo salga bien, pero de mi parte soy respetuoso de la evaluación que haga el Directorio de la Superintendencia y si determina que no debo continuar, de mi parte no habría ningún inconveniente”, expresó Díaz asegurando que se ha esforzado “por servirle al país pero es el Directorio el que tiene que determinar si continúa o no para terminar el período 2025”.
Para el analista fiscal Abelardo Medina, no existe ningún motivo para que el actual superintendente sea removido del cargo, ya que el Directorio tiene establecido en el Acuerdo 42-2018 que el 85% de la calificación tiene que ver con la meta de recaudación, la cual ha sido alcanzada por Díaz Reyes.
Aunque mencionó que “siempre hay riesgo”, porque el presidente o el ministro de Finanzas le puede pedir al superintendente su renuncia, pero en este caso no hay justificación.
“Es decir, elementos de sustento técnico no existen; entonces pudiera ser una decisión política pero a como están las condiciones actuales, no lo veo”, agregó el analista.
¿Qué dice la ley?
De acuerdo con el artículo 28 del decreto 1-98, Ley Orgánica de la SAT, al inicio de un nuevo período de Gobierno, el recién instalado presidente de la República podrá nombrar a un nuevo superintendente, cumpliendo con el procedimiento establecido en la Ley.
En caso de suspensión en el ejercicio del cargo, renuncia, remoción o fallecimiento del superintendente, corresponderá al Directorio nombrar interinamente al intendente que lo sustituirá hasta que el jefe de Estado designe al nuevo titular, de conformidad con el artículo 24 de la misma Ley.
Además, según el artículo 27, el superintendente puede ser removido, en este caso por el presidente de la República, por las siguientes causas:
- Cometer actos fraudulentos, ilegales o evidentemente opuestos a las funciones o intereses de la SAT en particular y del Estado en general.
- Actuar o proceder con manifiesta negligencia en el desempeño de sus funciones.
- Haber sido o ser condenado en sentencia firme por la comisión de delito doloso.
- Padecer de incapacidad física calificada médicamente que lo imposibilite por más de un año para ejercer el cargo o haber sido declarado por tribunal competente en estado de interdicción.
- Ser declarado en situación de insolvencia o quiebra.
- Postularse como candidato para un cargo de elección popular.
- No cumplir las metas de recaudación tributaria establecidas.
Ejecución de presupuesto y estimación para 2024
Por otro lado, aunque el titular de la SAT reconoció que no es usual dar a conocer la ejecución del presupuesto de la institución, indicó que decidió hacerlo “para mostrar la transparencia en el uso de los recursos”.
“Regularmente, las conferencias son de temas de impuestos o aduanas”, reconoció Díaz, presentando además los recursos estimados y la proyección de ejecución para este 2024.
En cuanto a ingresos comentó que estos provienen de las siguientes fuentes:
- 2% de lo recaudado
- Ingresos no tributarios
- Venta de bienes y servicios de la Administración Pública
- Rentas de la propiedad
- Disminución de caja y bancos
- Disminución de inversiones temporales
- Otros bienes y servicios
En cuanto a 2023 dio a conocer que se tuvo un presupuesto aprobado de Q2 mil 402 millones 480 mil, de lo cual se percibieron Q1 mil 717 millones 511 mil 691, con una ejecución de 71.49%.
En tanto, el programa de gastos devengado sumó 1,610 millones 470 mil 108, para un 67.03% de ejecución, a través de estos rubros:
- Gastos de funcionamiento – Q1 mil 488 millones 386 mil 501
- Masa salarial – Q1 mil 146 millones 155 mil 344
- Bienes y servicios – Q342 millones 231 mil 157
- Egresos de inversión – Q122 millones 83 mil 607
En egresos por categoría programática, en 2023 la SAT reportó:
- Actividades centrales – 42.40%
- Fiscalización – 9.52%
- Asuntos jurídicos -3.64%
- Recursos tributarios y aduaneros – 1.02%
- Atención al contribuyente – 10.57%
- Recaudación – 3.34%
- Aduanas – 21.87%
- Contribuyentes especiales – 7.22%
- Atención por desastres naturales y calamidades públicas – Q0.01%
- Partidas no asignables a programas – 0.41%
Para el 2024 tienen un presupuesto estimado de Q2 mil 521 millones 600 mil, del cual proyectan la siguiente ejecución:
- Gastos de funcionamiento – Q2 mil 174 millones 504 mil 987
- Masa salarial – Q1 mil 503 millones 410 mil 120
- Bienes y servicios – Q671 millones 94 mil 867
- Egresos de inversión – Q347 millones 95 mil 13